RELACIONES DE TRABAJO
RESCISIÓN
el trabajador o el patrón podrán rescindir de la relación de trabajo por causa justificada sin incurrir en respnsabilidad
sin responsabilidad para el patrón
recomendaciones faalsas
certificados falsos
referencias
capacidad
aptitudes
actitudes
Subtopic
dejara de tener efecto después de 30 días de prestar sus servicios al trabajador
incurrir eltrabajador durante sus labores
la falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos necesarios para la prestación de servicios
cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros
cometer el trabajador contra el patrón fuera del servicio
ocasionar el trabajador los prejucios del articulo anterior
comprometer la seguridad del establecimiento o delas personas que se encuentren en el
cometer actos inmorales o de hostigamiento,acoso sexual contra alguna persona en el establecimiento
tener el trabajador mas de 3 faltas en un periodo de 30 días
desobedecer el trabajador al patrón o asusrepresentantes
negarse el trabajador a seguir medidas preventivas para evitar accidentes
la sentencia ejecutoria que imponga al trabajador una pena
el patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que se refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescicicon y la fecha o fechas que cometieron
el aviso deberá entregarse al trabajador en el momento justo del despido
o bien comunicarlo al tribunal competente dentro de los 5 días hábiles siguientes
la prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzara a correr sino hasta que el trabajador reciba el aviso de rescisión
el despido debe ser justificado obligatoria mente
si el despido no es justificado el trabajador podrá solicitar ante el tribunal o la Autoridad Conciliadora correspondiente quesea reinstalado en el trabajo que desempeñaba
si en caso de juicio el patrón no logra comprobar que el despido es justificado el trabajador tendrá derecho a a que se le paguen los salarios vencidos
si al termino de 12 meses no se logra concluir el procedimiento se pagara al trabajador los intereses que se generen sobre el importe que se genere en 15 meses de salario
se consideran actuaciones notoriamente improcedentes las siguientes
ofrecer algún servicio personal o soborno a los integrantes del Centro Federal de Conciliación
alterar algún documento firmado por el trabajador para con un fin distinto para incorporar a la renuncia
exigir la firma de papeles en blanco en la contratación o en cualquier momento de la relación de trabajo
presentación de hechos totalmente falsos en el juicio laboral
negar el acceso al lugar de trabajo a algún actuario o notificador de la autoridad laboral
demandar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo
levantar razón de una notificación haciendo constar que se constituyo
decir que una cédula se presento sin que esta se haya realizado
omitir o efectuar una notificación dentro del plazo establecido por la ley u ordenamiento por la autoridad laboral
dilatar de manera deliberada la notificación de una audiencia de conciliación
recibir una dádiva de alguna de las partes o un tercero
retrasar deliberadamente la ejecución de sentencias
admitir pruebas no relacionadas con la litis que dilaten el procedimiento
retrasar un acuerdo o resolución mas de 8 días de los plazos establecidos por la ley
ocultar expedientes con el fin de retrasar el juicio o impedir la celebración de una audiencia o diligencia
retrasar y obstruir la entrega de la constancia de representatividad sin causa justificada
negarse a recibir un trabajador del Centro de Conciliación o del Tribunal
la persona empleadora quedara eximida de la obligación de reinstalar a la persona trabajadora en los casos siguientes
cuando el trabajador tenga antigüedad menor de un año
si el tribunal decide que no es posible el desarrollo normal dela relación de trabajo
en caso de trabajadores de confianza
en el trabajo del hogar
cuando se trate de trabajadores eventuales
las indemnizaciones serán
si la relación de trabajo fue menor a un año
sera la mitad del tiempo trabajado
igual a los salarios
si la relación fue por mas de un año
la indemnizacion sera
de 20 días de salario por los años que haya trabajado
se dará los salarios vencidos e intereses en los términos previstos en el articulo 48 de esta ley
son causas de rescisión sin responsabilidad para el trabajador
la agrupación patronal al proponer el trabajo
tener el patrón o su familia actos de violencia amenazas injurias hostigamiento y/o acoso sexual
reducir el patrón el salario del trabajador
no recibir el salario correspondiente en la fecha y lugar imputados
que el patrón comprometa la seguridad del establecimiento o trabajadores
el trabajador podrá separarse del trabajo dentro delos 30 días después que ocurra alguna de las faltas mencionadas
SUSPENSIÓN
Causas de suspencion temporal
Enfermedad contagiosa
Incapacidad temporal
Prisión preventiva seguida de sentencia absolutoria
Arresto del trabajador
Desempeños de los cargos del articulo 5o dela constitución
Obligaciones consignadas en el articulo 31,Fracción III de la misma constitución
Designación como representantes de organismos estatales
Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa
La falta de documentos que exijan las leyes
reglamentos
prestaciones de servicio
Conclusión de la temporada
en caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad
La licencia a que se refiere el articulo 140 Bis del seguro social
En caso de que las autoridades
emitan una contingencia sanitaria
conforme a las disposiciones aplicables
la suspencion a a la que se refiere el articulo surgirá efecto
en los casos 1 y 2 del articulo anterior
tratándose de las fracciones 3 y 4
en los casos de la fracciones 5 y 6
en caso de la fracción 7
en caso de la fracción 8
cuando los trabajadores
sean llamados para alistarse en la guardia nacional
El trabajador deberá regresar a su trabajo
al dia siguiente que se termine la causa de suspencion
dentro de los quince siguientes días de la terminación de la causa de suspencion
TERMINACIÓN
son causas de terminación de trabajo
el mutuo consentimiento de las partes
la muerte del trabajador
la terminación de la obra o vencimiento del termino o inversión del capital.
la discapacidad inhabilidad manifiesta del trabajador que haga imposible la prestación del trabajo
los casos que se refiere el articulo 434
en los casos de la fracción IV del articulo 53
si la incapacidad proviene de un riesgo no profesional
el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y doce días por cada año de sus servicios de conformidad de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 162
así si el trabajador lo desea a que se le coloque en otro puesto que valla con sus aptitudes independientes de las prestaciones que le correspondan conforme a las leyes
si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón las causas de terminación tendrá el trabajador los derechos consignad en el articulo 48