RESOLUCION NUMERO 412 DE 2000
Por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención
para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública
Se aplicara para
EPS , Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado.
Las guías de atención relacionadas con tuberculosis, lepra, leishmaniasis y malaria
contienen elementos obligatorio cumplimiento.
PROTECCIÓN ESPECÍFICA
Con el fin de evitar la presencia de la enfermedad en los afiliados
Vacunación según el Esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI)
b. Atención Preventiva en Salud Bucal
c. Atención del Parto
d. Atención al Recién Nacido
e. Atención en Planificación Familiar a hombres y mujeres
Detección temprana
Identificar en forma oportuna y efectiva la enfermedad, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, la reducción del daño y duración, evitando secuelas, incapacidad y muerte.
Detección temprana de las alteraciones del Crecimiento y Desarrollo Menores de 10 años
Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años)
Detección temprana de las alteraciones del embarazo
Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años)
Detección temprana del cáncer de cuello uterino
Detección temprana del cáncer de seno
Detección temprana de las alteraciones de la agudeza visual
Actualizados periódicamente de acuerdo demográfia, el perfil epidemiológico, la tecnología y el desarrollo científico y la normatividad vigente.
GUIAS DE ATENCION DE ENFERMEDADES DE INTERES EN SALUD PUBLICA.
Bajo peso al nacer
Alteraciones asociadas a la nutrición (Desnutrición proteico calórica y obesidad)
cInfección Respiratoria Aguda (menores de cinco años)
Alta: Otitis media, Faringitis estreptococcica, laringotraqueitis.
Baja: Bronconeumonía, bronquiolitis, neumonía.
Enfermedad Diarreica Aguda / Cólera
Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar
Meningitis Meningocóccica
Asma Bronquial
Síndrome convulsivo
Fiebre reumática
Vicios de refracción, Estrabismo, Cataratas.
Enfermedades de Transmisión Sexual (Infección gonocóccica, Sífilis, VIH/SIDA)
Hipertensión arterial
Hipertensión arterial y Hemorragias asociadas al embarazo
Menor y Mujer Maltratados
Diabetes Juvenil y del Adulto
Lesiones preneoplasicas de cuello uterino
Lepra
Malaria
Dengue
Fiebre Amarilla
Leishmaniasis cutánea y visceral
OFERTA DE ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA
INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
RED DE PRESTADORES DE SERVICIOS
Las EPS y las Administradoras del Régimen Subsidiado, deben garantizar en el municipio que el afiliado reciba PYP a través de la red de servicios
LISTADO DE PRESTADORES DE SERVICIOS
Las EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado deben entregar al momento de la afiliación, el listado de las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios con su dirección y teléfono, indicando las diferentes
actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento que las mismas prestan
COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS.^
CAMBIO DE REGIMEN Y TRASLADOS ENTRE ENTIDADES
Las EPS y las Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado Se debe garantizar continuidad de los servicios
VIGILANCIA Y CONTROL
El MinSalud, la Supersalud, y las Direcciones Territoriales de Salud ejercerán las funciones de vigilancia y control
PROGRAMACION, SEGUIMIENTO Y MONITOREO PERMANENTE
Se basaran según los anexos correspondientes: en el “Anexo 4-2000 de Indicadores de Gestión” y los lineamientos
establecidos en el “Anexo Técnico 5-2000 Sistema de Fortalecimiento de Gestión de las EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras de Régimen Subsidiado frente a las acciones de PYP y atención de enfermedades de interés en salud pública”
REQUERIMIENTOS PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LOS REGIMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO
EPS y Entidades Adaptadas, deberán radicar ante la Dirección de Promoción y Prevención del MinSalud, tambien Las Administradoras del Régimen Subsidiado, deberán radicar ante las Direcciones
Departamentales y Distritales de Salud trimestralmente un informe de gestión
CONTROL DE LA INFORMACION
ASISTENCIA TECNICA
El Minsalud hará inducción a la EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado, con fin de dar cumplimiento a la norma