Signos Distintivos

Son todos aquéllos símbolos, figuras, vocales o expresiones que se utilizan en la industria o en el comercio para distinguir un producto, servicio o establecimiento.

Principios de signos distintivos

Especialidad

Las marcas, marcas colectivas y avisos comerciales protegen solo a aquellos productos o servicios comprendidos en la clase que se solicita.

Temporalidad

Los derechos de propiedad industrial otorgados son validos por un tiempo determinado.

Territorialidad

El registro de Signos Distintivos surte efecto en toda la república mexicana; por lo que debe tener el registro para la misma marca en los otros países para los que desea su protección (Salvo la publicación de nombres comerciales).

La ley de propiedad industrial contempla los siguientes Signos Distintivos.

Marcas

Se entiende por marca a todo signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.

Tipos de marca

Marca Nominativa

Son Aquellas que identifican un producto o servicio a partir de una denominación; pueden constituirse de letras, palabras o números.

Marca Innominada

Son aquéllas que identifican un producto o servicio y se constituyen a partir de figuras, diseños o logotipos.

Marca Tridimensional

Son los envoltorios, empaques o envases. Cualquier forma o presentación de los productos en sus tres dimensiones: alto,ancho y fondo.

Marca Mixta

Se constituyen de la combinación de cualquiera de los tipos de marcas anteriores.

Marca Colectiva

Es aquella que se constituye por los mismos elementos que una marca, y además tiene las siguientes caracteristicas:

- La solicitan asociaciones o sociedades de productores.

- El uso está sujeto a las reglas que determine la asociación o la sociedad.

- El uso está reservado a los miembros de la asociación o sociedades.

Aviso Comercial

Se le considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios.

Nombre Comercial

Es aquél nombre, termino o designación que identifica y distingue a una empresa o establecimiento industrial, comercial, o de servicios; así como su giro y prestigio en el mercado.
Cabe mencionar que el nombre comercial debe estar desprovisto de diseño o tipografía estilizada.

Denominación de origen

Es el nombre de una región geográfica del país que sirve para designar un producto originario de la misma, en razón de sus atributos inconfundibles, conferidos exclusivamente por el medio geográfico, los cuales se conforman por factores humanos y naturales.

Beneficios de registrar o publicar un signo distintivo

. El derecho exclusivo al uso del signo para distinguir los productos o servicios para los cuales se solicitó.

. El derecho exclusivo al uso en todo el territorio mexicano.

. El derecho exclusivo a usar la leyenda "Marca Registrada, las siglas "M.R" o el símbolo (R).

. El derecho exclusivo a conceder el uso a terceros mediante licencias de uso.

. El derecho exclusivo a prohibir el uso sin su consentimiento.

Vigencia del derecho

La vigencia de los derechos sobre la exclusividad de un signo distintivo es de 10 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, que podrá renovarse por periodos de la misma duración.