door Sara Jamin Martinez Zarate 4 jaren geleden
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Son aquellos sujetos que no se relacionan con el comerciante mediante un contrato de trabajo. Estos sujetos desarrollan su actividad con absoluta independencia.
Martilleros o rematadores
Es la persona natural o jurídica que se dedica habitualmente a vender en subasta pública, al mejor postor, bienes de toda especie que con tal objeto le son encomendados.
El Código establece que para ejercer legalmente las actividades de rematador es obligatoria su inscripción en el Registro de Comercio. Los rematadores deben anunciar con anticipación las condiciones del remate y las especies que estén en venta
Diferencia con el remate Judicial.- No debe confundirse sin embargo con el remate judicial, ya que este ocurre cuando una orden de juez competente dispone su realización en algún proceso. Cuando el remate es judicial, el martillero no actúa como mandatario de ninguno de los litigantes.
Corredores de seguros
es personal auxiliar de comercio, trabaja sin ninguna relación de dependencia.se encarga, de manera habitual, de ofrecer seguros, promover la celebración de tales contratos y gestionar su renovación.
Diferencia con el Agente de Seguros.- Se distingue del agente de seguros en que éste último se halla sujeto a una relación de dependencia con el asegurador, conforme a reglamentación especial.
Corredores de comercio
Son mediadores habituales entre comprador y vendedor de mercancías, valores y otros negocios. El corredor es la persona natural o jurídica establecida por cuenta propia.
Su función es esencialmente independiente de las partes a las que aproxima y no está -ni puede estar- en relación de trabajo dependiente con ninguna de ellas.
Los corredores tienen la obligación de llevar un libro de registro donde anotarán por orden de fechas y numeración correlativa
A.2) Otros dependientes
Son dependientes los trabajadores que desempeñan constantemente alguna o algunas operaciones propias del giro o tráfico del establecimiento
A.1) Factor o administrador
El principal auxiliar del comercio es el factor(Gerente) . Es quien dirige una empresa o un establecimiento, sus funciones se caracterizan esencialmente por su estabilidad y la amplitud de su poder
El factor, salvo autorización expresa del titular, no puede realizar los siguientes actos: 1) Delegar el mandato que se le haya conferido; 2) Revelar los secretos industriales o comerciales de la empresa que administra; 3) Constituir una empresa con fines análogos al de la empresa del titular; 4) Ejecutar, en nombre propio o ajeno, negocios del mismo género que los de la empresa en que presta servicios