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door felipe castro 6 jaren geleden

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ley 100 de 1993

La Ley 100 de 1993 establece el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, el cual incluye tanto entidades públicas como privadas, además de normas y procedimientos destinados a proteger a los trabajadores.

ley 100 de 1993

principios: Eficiencia, universidad, solidaridad integridad, participación, unidad

ley 100 de 1993 Sistema de Seguridad social Integral

El sistema de seguridad social integral es el conjunto armónico de entidades publicas y privadas, normas y procedimientos que están conformados por los regímenes, generales establecidos.

Sistema General de Riesgos Profesionales
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

son afiliados:

Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros

Las Cooperativas y Pre cooperativas de Trabajo Asociado son responsables conforme a la ley

Los jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como

Trabajadores dependientes; Los estudiantes de todos los niveles académicos de instituciones educativas públicas o privadas

Los trabajadores independientes; Los miembros de las agregaciones o asociaciones.

Programa de Salud Ocupacional:consiste en el desarrollo de un proceso lógico

por etapas, basado en la mejora continua que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo

Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Segundad y Salud causadas por las condiciones de trabajo, y de laprotección y promoción de la salud de los trabajadores.

En el trabajo definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades

causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores.

Sistema General de seguridad Social en Salud
Se Ejecuta Tres reformas Principales

La posibilidad para todos los trabajadores de elegir la entidad promotora de salud EPS

creacion del fosyga

Regímenes: Conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos

FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIAS

Subcuenta de compensación

subcuenta de solidaridad

subcuenta de promoción y prevención

Subcuenta riesgos,accidentes de trabajo

Subsidiados

pertenecen las personas sin capacidad de pago que pertenezcan al nivel 1 y 2 sel siben

egresos corrientes de la nación a los municipios

municipios SISBEN

ARS

UPCS

contributivas

A este pertenecen los trabajadores con contrato laboral formal, los servidores públicos, pensionados y los independientes con capacidad de pago.

Cotización al 12%

EPS

UPC

IPS

POS

Trabajador

La partición del sector privado del sector privado en la presentación de servicios en salud.

sistema General de pensiones
Se divide en dos subsistemas

Régimen de ahorro individual con solidaridad

Pensión de Sobrevivientes

El afiliado al momento de fallecer debe tener : haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores al fallecimiento

Pension de Invalidez

tienen un regimen

- Invalidez del 50% o mas - Cotizando mínimo 50 semanas en los ultimos 3 años anteriores ala fecha de estructuración de la invalidez

Tiene un regimen

Regimen General ley 100 de 1993

- A cualquier edad -Que el capital acumulado en la cuenta individual le permita una pension mensual superor al 110% del salario minimo legal mensual vigente al 1 de abril de 1994 reajustado anualmente con el I.P.C

Regimen de prima media con prestacion definida

Comprende las siguientes prestaciones

Pensión de Sobrevivencia

Comprende dos Regimenes

Regimen de Transicion

Tiene dos Grupos

La norma anterior

Ley 5 a de 1969 ley 12 de 1975 ley 113 de 1985

Solo cuando fallece el empleado jubilado o con derecho a jubilación sin haberla reclamado en el tramite de la misma o por faltarle la edad

La norma anterior

El afiliado al momento de fallecer debe tener 150 semanas mínimo cotizadas en los 6 años anteriores ala muerte o 300 semanas minimo cotizadas en cualquier tiempo antes de la muerte

Tiene dos Normas

Ley 797 de 2003

El afiliado al momento de fallecer debe tener haber cotizado mínimo 50 semanas dentro de los 3 años anteriores al fallecimiento

Tiene una excepcion

- si el afiliado fallece con el numeron de semanas minimas exigidas para la pension de vejez se concede la de sobrevivencia

El afiliado al momento de fallecer debe tener si se encuentra activo tener cotizadas al menos 26 semanas si no se encuentra debe 26 semanas cotizadas en el año anterior al fallecimiento

Pensión de Invalidez

Comprende dos regímenes

Régimen de transición

Se aplica a dos grupos de trabajadores

Empleados Públicos

Decreto 1848 de 1960 articulo 61No.1

Invalidez calificada con el 75% o mas no hay semanas mínimas exigidas o tiempo de servicio

Decreto 758 de 1991

Los requisitos son

Invalidez calificada con el 50% o mas Semanas : al menos 150 omas dentro de los 6 años anteriores al estado de invalidez o 300 semanas en cualquier tiempo

Tiene dos normatividades

Ley 860 de 2003

-Invalidez calificada con el 50% o mas - Semanas : al menos 50 en los 3 años anteriores ala estructuración de invalidez

1. Menores de 20 años en estado de invalidez haber cotizado al menos 26 semanas en el año anterior 2. Si se ha cotizado por el afiliado al menos el 75 % de las semanas para vejez solo debe cotizar 25 semanas en los últimos 3 años

Los requisitos exigidos

- Invalidez calificada con el 50% o mas - Afiliado cotizante con al menos 26 semanas al momento de la invalidez - Afiliado no cotizante con al menos 26 semanas en el año anterior ala invalidez

Pension de Vejez

Comprende dos regimenes

Regimen de Transicion 35 años las mujeres 40 años los hombres al 10 de Abril de 1994

Se aplica dos grupos de trabajadores

Empleados Publicos

Ley 33 de 1985

Edad : 55 años cumplidos tanto para los hombres como las mujeres 20 años de servicios continuos o discontinuos al servicio del Estado

Trabajadores Privados

La norma anterior aplicable es

Decreto 758 de1991

Los requisitos

Edad : 55 años mujeres 60 años hombre Semanas : 500 mínimo cotizadas en los 20 años anteriores al cumplimiento de la edad mínima o 1000 semanas en cualquier tiempo

Regimen General

Tiene dos normativas aplicables

Ley 797 de 2003

Edad: 55 años mujer 60 años hombre Semanas : Mínimo 1200 ala fecha de solicitud

Tiene dos excepciones

1. Personas que padezcan una deficiencia superior al 50% edad 55 años semanas :1000 como mínimo 2. Madre trabajadora con hijo invalido edad: cualquiera Semanas :el mínimo exigido al momento de la solicitud

Ley 100 de 1993

Los requisitos exigidos son

Edad : 55 años mujer 60 años hombre semanas : Mínimo 1000 en cualquier tiempo