La Resolución 1995 de 1999 establece normas obligatorias para todos los prestadores de servicios de salud en relación con el manejo de historias clínicas. Las características esenciales de estas normas incluyen la disponibilidad, la racionalidad científica, la integralidad, la secuencialidad y la oportunidad en la atención.
Autorizaciones, circulares, resultados
de exámenes, entre otros.
Registros específicos
Reportes del equipo profesional
sobre la atención en salud prestada
Identificación del Usuario
Datos personales del usuario
Palabras Claves
Archivo Histórico
Historias que se guardan
permanentemente por
su valor.
Archivo Central
Están las hostorias clínicas
de usuarios que no reciben
atención mayor a 5 años y
menor a 15 añes.
Archivo de Gestión
Están las historias clínicas
de usuarios activos e
inactivos antes de 5 años
desde su ultima atención
Historia Clínica para
Efectos archivisticos
Conjunto de archivos
en el que se efectua
el registro obligatorio
de salud (Registros
Especificos)
Equipo de Salud
Estado de Salud
Hostoria Clínica
Cómite de
Historias Clínicas
conjunto de personas que al
interior de una Institución Prestadora de Servicios de Salud, se encarga de velar
por el cumplimiento de las normas establecidas para el correcto diligenciamiento y
adecuado manejo de la historia clínica.
Apertura
Extranjero
Cédula de extranjería
Menor de edad menor de siete años
Registro Civil
Menor de edad mayor de siete años
Tarjeta de identidad
Mayor de Edad
Cédula
Caracteristicas
Oportunidad
Disponibilidad
Racionalidad Científica
Secuencialidad
Integralidad
Las disposiciones de la presente resolución serán de obligatorio cumplimiento
para todos los prestadores de servicios de salud.