ORIGINANDO
LO QUE SE TRADUCE EN
CONSTITUYE UN ACTO UNILATERAL
ES UN ACTO UNILATERAL
EN RELACIÓN CON
EN RELACIÓN CON
DE LO CUAL SE DESPRENDE
ASÍ COMO
QUE PRODUCEN
EXISTEN DIVERSOS TIPOS, TALES COMO:
SE CARACTERIZAN POR
SON

ACTOS UNILATERALES DE LOS ESTADOS

Manifestaciones inequívocas de la voluntad, ya sea individual o en conjunto ( de un mismo Estado)

Efectos jurídicos frente a los otros Estados, por sí mismas, sin estar condicionadas a la aceptación o conducta posterior de otro Estado.

Intención de crear obligaciones jurídicas

Su doble autonomía

Su elaboración, ya que la formulación del acto depende solamente de una manifestación de voluntad, sea individual o colectiva.

Que no dependen de un acto pre existente

Su notoriedad, entendida como la necesidad de que el destinario conozca el acto, toda vez que un acto secreto no puEde producir efectos jurídicos

LA PROMESA

LA RENUNCIA

EL RECONOCMIENTO

LA PROTESTA

En virtud del cual, un Estado manifiesta su intención de no considerar como de derecho un determinado estado de hecho y entiende por ello salvaguardar sus derechos violados o amenazados.

En virtud del cual un Estado, que no ha participado en la iniciación de un acto, acepta que se le apliquen las consecuencias jurídicas de dicho acto.

En virtud del cual se produce la extinción del derecho que se había creado en beneficio de otro/s Estados.

la obligación que tiene el Estado de "no impugnar ya los derechos que ha adquirido otro Estado en virtud de su renuncia"

En virtud del cual, un Estado se compromete u obliga a tener ciertos comportamientos frente a otro/s Estados

Derechos nuevos en beneficio de terceros