ADQUISICION DE DERECHOS REALES
ACTOS JURIDICOS
INEFICACIA
ERROR
DOLO
VIOLENCIA
LESION
FRAUDE
NULIDAD
ABSOLITA
RELATIVA
DERECHOS REALES
ART.1889 CCCyC
“El derecho real es el poder jurídico, de estructura legal, que se ejerce directamente sobre su objeto, en forma autónoma y que atribuye a su titular las facultades de persecución y preferencia, y demás previstas en este Código”
Vinculan a una persona con una cosa.Ej: dominio sobre una casa
DERECHOS REALES PRINCIPALES
SOBRE COSA AJENA
USO
HABITACION
SERVIDUMBRE
HIPOTECA
PRENDA
ANTICRESIS
SOBRE COSA PROPIA
DOMINIO
CONDOMINIO
PROP. COMUN INDIGENA
PROP. HORIZONTAL
CONJUNTOS INMOVILIARIOS
TIEMPO COMPARTIDO
CEMENTERIO PRIVADO
SUPERFICIE
RELACIONES DE PODER
POSESION
TENENCIA
YUXTAPOSISION
SERVIDOR DE POSESION
REQUISITOS PARA LA ADQUISICION DE DERECHOS REALES
LEGITIMADOS
El dueño es quien dispone o tramita
CAPACIDAD
Gozar de la aptitud para ser titular de derechos y deberes juridicos. Si se ve restringida la ley le asigna un representante legal
CLASIFICACION
ORIGINARIA
Accesion
Apropiacion
Adquisicion dada por un tercero
DERIVADA
entre vivos
TITULO + MODO SUFICIENTE
TITULO: EJ.Un contrato de compraventa de una casa( es el derecho personal)
MODO:Tradicion o engrega de la cosa. ej: cuando tenemos la casa y podemos usarla y gozarla
entre muertos
sucesion