Capitulo I " DEL PARENTESCO"

Del parentesco en general

Fuentes principales del derecho famliar

El parentesco

El matrimonio

Fuentes principales de Planiol

El matrimonio

La filiacion

La adopcion

Parentesco

Estado juridico que se establece por medio de dos o mas personas por virtud de la consanguidad, del matrimonio o de la adopcion.

Tres formas del parentesco, deben estar declaradas y reconocidas por la ley

Por consanguinidad

por afinidad

por adopcion

Consecuencias juridicas del parentesco

Parentensco consanguineo

1-. Crea el derecho y la obligacion de los alimentos

2-. Tiene el derecho de heredar en la sucesion legitima, o de exigir una pension alimenticia en la sucesion testamentaria.

3-. Crea determinadas incapacidades en el matrimonio y en relacion con otros actos o situaciones juridicas.

4-. Origina los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, que se contraen entre padres e hijos, abuelos y nietos, en su caso.

Parentesco por adopcion

Resulta del acto juridico y para algunos autores constituye un contrato.

Se crea entre adoptante y adoptado los mismos derechos y obligaciones que origina la filiciacion legitima entre padre e hijo.

Parentesco por afinidad

Se define en el articulo 294 de la siguiente manera

Es el que se contrae por el matrimonio, entre el varon y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varon

Parentesco consanguineo

Es aquel vinculo juridico que existe entre personas que descienden las unas de las otras o que reconocen un antecesor comun.