Comerciantes

Disposiciones

Comerciantes

Comerciantes

Según el Código de Comercio son comerciantes: -Las personas naturales titulares de una empresa mercantil, que se llaman comerciantes individuales.

-Las sociedades, que se llaman comerciantes sociales. Art.2

Acto de comercio

Acto de comercio

Los que tengan por objeto la organización, transformación o disolución de empresas comerciales o industriales y los actos realizados en masa por estas mismas empresas. -Las empresas de carácter lucrativo y sus elementos esenciales.
-Los distintivos mercantiles y las patentes.
-Los títulos valores Art.3

Cosas mercantilies

Cosas mercantilies

-Las empresas de carácter lucrativo y sus elementos esenciales.

-Los distintivos mercantiles y las patentes.

-Los títulos valores.
Art.5

Comerciante Social

Son comerciantes sociales todas las sociedades independientemente de los fines que persiguen.

Sociedad es el ente jurídico resultante de un contrato solemne, celebrado entre dos o más personas,que estipulan poner en común, bienes o industria, con la finalidad de repartir entre sí los beneficios que provengan de los negocios a que van a dedicarse.

Las sociedades se dividen en:

De Personas

Las sociedades en nombre colectivo o Sociedades Colectivas.

Las sociedades en comandita simple o sociedades comanditarias simples.

Las sociedades de responsabilidad limitada.
Son de capital.

Las sociedades anónimas.

Las sociedades en comandita por acciones o sociedades comanditarias por acciones.

De Capital

Sociedad anónima.

Sociedad en comandita simple.

Sociedades mixta

Los regula el Código de comercio
de El Salvador.

Comerciante Individual

Capaces

Son capaces para ejercer el comercio:
-Las personas naturales que, según el Código Civil son capaces para obligarse.

-Los menores que teniendo dieciocho años cumplidos hayan sido habilitados de edad.

-Los mayores de dieciocho años que obtengan autorización de sus representantes legalespara comerciar, la cual deberá constar en escritura pública.

-Los mayores de dieciocho años que obtengan autorización judicial.
Art.7

Incapaces

Son incapaces de ejercer el comercio:
-Los que por disposición legal no pueden dedicarse a tales actividades.
-Los privados de las mismas actividades por sentencia ejecutoriada.

-Los declarados en quiebra, mientras no sean rehabilitados
Art.11

Sección 2
Conceptos y Principios Generales

COMPRENSIBILIDAD

Información proporcionada debe
presentarse de modo que sea
Comprensible y Atendible para
todos los usuarios

Materialidad

Es Material, si su omisión o su
presentación errónea pueden influir
en las decisiones económicas que
los usuarios toman a partir de los
estados financieros

FIABILIDAD

Libre de error significativo y
sesgo o prejuicio, y representa
fielmente lo que pretende repre

sentar o puede esperarse

Prudencia

Es la inclusión de un cierto gra
do de precaución al realizar los
juicios necesarios para efectuar

las estimaciones requeridas bajo

condiciones de incertidumbre,

COMPARABILIDAD

Los usuarios deben ser capaces
de comparar a lo largo del
tiempo, para identificar las tendencias
de su situación financiera

Integridad

Debe ser completa dentro de los
límites de la importancia relativa
y el costo

Esencia sobre la
Formac

Las transacciones y demás suce
sos y condiciones deben contabi
lizarse y presentarse de acuerdo

con su esencia económica

RELEVANCIA

Importante de cara a las necesi
dades de toma de decisiones por
parte de los usuarios

Oportunidad

Implica proporcionar información
dentro del período de tiempo para
la decisión