CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES
Ley
Normas de derecho que implican sanción por una autoridad pública.
caracteristicas
Generales
Aplicables a un número indeterminado e indefinido de actos y personas
Obligatorias
deben ser necesariamente cumplidas por lo que requiere órganos judiciales, impone sanciones a los infractores
Norma
regla a seguir, para ajustar conductas y regular personas
clasificación
Jurídicas
Mandatos aplicables solo Relación Hombre-Sociedad
Sociales
Permite Desarrollar una vida social más amena y cordial,, convencionalismo sociales y reglas de conducta exterior.
Morales
de carácter unilateral, concede deberes pero no derechos. son internas ya que deben ser cumplidas por el individuo o sólo acatarías.
Jurídico Individuales
Normas de convivencia, se dirije a un grupo perfectamente determinado
Jurídico Generales
Alude a una conducta atribuible a un número determinado.
Clases de Normas
Jurídicas
Bilaterales o Impertativo
Obligación jurídica de una determinada persona que trae aparejado un derecho a un favor e otra persona para exigir su cumplimiento
Exteriores
Se encarga de sancionar las conductas internas de las personas
Coercibles
Es coercible por que debe cumplirse, aun en contra de la voluntad del sujeto pasivo
Heterónomas
Quien crea la norma es un ente distinto de la parte destinataria de ella y esta la obliga cuando no sea reconocida por dicha parte
Morales
Unilaterales
impone obligaciones pero no conceden facultades para el cumplimiento de la obligación
inexteriores
le interesa en cuanto descubre la bondad o maldad interna
Autónomas
Su fuente esta en la voluntad de quienes deben cumplirlas
Incoercibles
Su realización debe hacerse de manera espontanea
Religiosas
Conjunto de normas que establecen deberes internos
Subtopic
Convencionalismos sociales
Reglas de etiqueta
Doctrina
es transitoria, puede cambiar con la llegada de otro sistema
Opiniones, Críticas y estudios de los sabios
no tienen valor legal
profunda influencias en la ley u autoridades
Autonomía de Instituciones de educación superior
Se enmarca en concepto de descentralización
descentralización política
da lugar a la forma federal de estado
descentralización administrativas o desconcentración
delega ciertas atribuciones del gobierno central a los órganos.
Autonomía Universitaria
autonomía
proviene del griego autos, propio mismo y vóuos, ley
Capacidad para autogobernarse
Ley General de Educación
capitulo II Del ejercicio del derecho de la educación
Art. 6°
obligatoriedad de al educación corresponde al estado en términos dispuestos por la fracción X del artículo 3° Constitucional y las leyes en la materia.
Capítulo IV Del tipo de Educación Superior
Art. 47
como parte del sistema educativo nacional
imparte
licenciatura
Especialidad
Maestria
Doctorado
Art. 48
obligatoriedad
políticas basadas en:
Equidad
Gratuidad
Art. 49
respetarán régimen jurídico de autonomia
facultad para ejercer libre cátedra e investigación
Art. 50
impulsará el establecimiento de un sistema nacional de educación superior que coordine los subsistemas universitarios, tecnológicos y de educación normal y formación docente
Art. 51
La Ley General de Educación determinará la integración y los principios para la operación de este sistema
Derecho
conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa del hombre.
como
ordenamiento
Normas
Conductas Humanas
Ordenamientos, Permisiones y prohibiciones
Fenómeno social
Ordenamiento Jurídico
Conducta humana
Entre Individuos
Sociedad
Valor
Disposiciones obligatorios
Valores Sociales
Argumentación
Subtopic
Normas
Materializadas por el lenguaje, como instrumento fundamental
en caso de incumplimiento se sanciona jurídicamente
Acuerdo
Proviene del latín accordare
Expresión de dos voluntades que determinan una serie de normas o acciones a respetar y ejecutar por ambas partes para un beneficio mutuo.
Incorporación, del registro y del reconocimiento
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios(REVOE)
Acto de seguridad educativa
plan y programas de estudio de un particular
Educación Media Superior
Educación Superior
Ley General de Educación Superior
Art. 147°
Las autorizaciones y reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgaran cuando los solicitantes cuenten:
Personal Docente
Instalaciones
Planes y Programas de Estudio
Art. 148°
Las Autoridades Educativas Publicarán en el órgano Informativo Oficial Correspondiente y en sus portales Electrónicos, una relación de las instituciones a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios
Indicaran los resultados una vez que aplique las evaluaciones y por lo dispuesto en la Ley.
Reporte de resultados de docentes y alumnos.
Particulares que impartan estudios con incorporación o reconocimiento.
Calidad de incorporados
Número y fecha de acuerdo
Modalidad
Domicilio
Autoridad que lo emitió
Art. 149°
1. Árt. 3° Constitucional (Ley General de Educación)
2. Planes y programas de estudio
3. becas
5. Actividades de evaluación y vigilancia.
6. información requerida por las autoridades
7. documentación necesaria
8. refrendo del REVOE
9. Dar aviso de cambio de domicilio
crédito
La ley general de la educación establece en el Art. 12 ° fracción VIII que corresponde a la autoridad educativa federal.
Regular un sistema de crédito, que facilite el transito de los educandos de un tipo o modalidad educativo a otro.
mecanismos para tener mayores y mejores oportunidades en la construcción del proyecto de vida.
es
forma sistemática de describir un programa de enseñanza
unidad de medida de trabajo académico que requiere el estudiante para lograr competencias profesionales a nivel superior
Se basa en distintos parámetros
Carga de horas/clases
Estudios Independientes
practicas de campo
trabajo en laboratorio
taller
resultados de aprendizaje
Grado
Etapas en las que se divide el nivel educativo
A Cada grado corresponde un conjunto de conocimientos
Se divide en 3 tipos de educación
Educación Formal
Se desarrolla a través del Sistema Educativo
posee
Ciclos
Grados
Niveles
Subtopic
Subtopic
Educación No Formal
Tipo de educación Organizada y sistemática, se realiza fuera del sistema formal
no ofrece grados, ni promoción
es intencional, posee instituciones y personal autorizado
desarrolla aprendizaje Técnico o Especiales
Educación Informal
No es sistemática u organizada , ni posee instituciones Educativas
Proviene de la familia, comunidad, medios de comunicación y ámbitos de la vida social
Modalidades Educativas
Presencial
Escolarizada
Semipresencial
Abierta
No presencial o a distancia
virtual
Nivel
Etapas que forman la educación de un individuo tomando como base el promedio de edad determinada.
al finalizar se otorga un certificado de acreditación del nivel en cuestión
La Ley General De Educación establece tres tipos de educación:
Educación Básica
Preescolar
Niños de 3 a 5 años
Primaria
Niños de 6 a 12 Años
Secundaria
De 13 a 15 Años
Educación Media Superior
nivel bachillerato
Educación Profesional Técnica
Educación Superior
conforma 3 niveles
Técnico Superior
orienta la formación de profesionales capacitados en un área especifica
programa de 2 años
Licenciatura
forma profesionales en distintas áreas del conocimiento
programas de 4 o más años
Posgrado
Especialidad
Maestria
Doctorado
Impulsado en la investigación