CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIANA
2. ETAPA PRECONTRACTUAL: Relacionada en forma directa y especifica con el contrato a celebrar
Actividades: Pliego de Condiciones, Selección del Contratista. En esta etapa se obtiene
Requerimientos: Los productos de la Planificación
Exigencias Legales: Ley 80 ART 25. Las entidades estatales abrirán licitaciones o concursos e iniciaran procesos de suscripción de contratos , cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales. Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato ,según el caso deberán elaborarse los estudios requeridos.
1. ETAPA PLANEACIÓN: Es el proceso de diseño y selección de objetivos ,metas y acciones acordes a la visión de logro de resultados.
Importancia Planificación: Es soporte fundamental del contrato y del trámite, permitiendo que el contrato se ajuste a las necesidades de la entidad. Convierte al contrato en instrumento para el cumplimiento de la misión de la entidad.
Productos: 1. Precisas el objeto, plazo y valor 2. Valorar y prever los riesgos 3. Determinar cantidad de Recursos necesarios y fuentes 3. Documento de la minuta correspondiente
Exigencias Reglamentarias: Decreto 2170 de 2002 . La administración pública solo podrá celebrar contratos solo en la medida que verifique con certeza que: Se ajustan a las necesidades de la entidad para el cumplimiento del servicio público que tiene encomendado, que se dispone de recursos suficientes para solventar las prestaciones que se dejaran a cargo del contratista
3. ETAPA CONTRACTUAL Desarrollo del objeto contractual , por parte del contratista y de la contraprestación por parte del contratante, en las condiciones forma y plazos pactados
Firma del Contrato: Se perfecciona igual el contrato con y sin formalidades. Se entiende por Perfeccionamiento el acuerdo sobre obligaciones de las partes plasmado en escrito (art. 41 ley 80/93) y por Legalización se entiende la aprobación de garantias , registro presupuestal y públicación y se legaliza el contratdo ejecutandolo.
TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Cuando vence el plazo, cuando lo determina la administración, cuando el contratista renuncia a su ejecución, cuando se vence la garantía y sobreviene la inhabilidad.
ETAPA POST CONTRACTUAL: Actuaciones posteriores al vencimiento del término esabelcido en el contrato. Generalmente versan sobre temas accesorios de la contratación misma.
ACTIVIDADES: Liquidación: Acto que formaliza la terminación del contrato Utilización de Garantias: Segun las propias y pactadas en el contrato. Clausula Penal : Si se aplica en concordancia con (ley 80/93)