CONTRATO DE TRABAJO EN COLOMBIA

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad Personal del Trabajador

La dependencia del trabajador, respeto del empleador donde faculta para exigir cunplimiento en cualquier momento en cuanto al modo, tiempo, ordenes, cantidad de trabajo y reglamento durante el contrato de trabajo

$alario

Es aquel por el cual una personal natural se obliga a prestar un servicio a otra persona natural o juridica bajo la continuada dependencia o subordinacion de la segunday mediante remuneracion, quien presta el servicio se denomina trabajador quien lo recibe y remunera patrono y la remuneracion es cualquiera que sea su forma

CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO

Contrato a Termino Fijo, tiene una duracion determinada limitada no superior a 3 años debe ser por escrito y puede ser renovable indefinidamente

Contrato a termino Indefinido, No tiene limite de tiempo, que no se pacto tiempo de duracion y de terminacion

CAUSALES DE TERMINACION DE CONTRATO

Patrono

Engaño por parte del trabajador por documentacion falsa.

Actos de indisciplina, injuria, malos tratos o grave indisciplina.

Daños materiales causados intencionalmente a las instalaciones del trabajo o por negligencia que ponga en peligro la seguridad.

Actos inmorales o delictuosos que cometa el trabajador.

Cualquier violación grave de las prohibiciones y obligaciones.

Detencion preventiva del trabajador

Que el trabajador revele información confidencial de la empresa. etc.....

Trabajador

Sufrir engaños por parte del patrono, con respecto a las condiciones de trabajo.

Todo acto de violencia, malos tratos o amenazas graves inferidas por el patrono.

Actos del patrono o representantes que induzcan al trabajador a cometer actos ilícitos.

Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato y que pongan en peligro su seguridad o su salud y que el patrono no se allane a modificar.

Perjuicios causados maliciosamente por el patrono al trabajador durante la prestación del servicio.

La exigencia del patrono, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquél para el cual se le contrató.

INDEMNIZACIONES POR TERMINACIÓN DEL CONTRATO SIN JUSTA CAUSA

El empleador o empresa que despida a un trabajador sin que exista una justa causa para ello, tendrá que pagar al trabajador la indemnización que trata el articulo 64 del código sustantivo de trabajo, tratándose de un contrato de trabajo a termino fijo.

ARTICULO 64: (…) el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato, o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.

Cuando se despide sin justa causa a una persona que tiene un contrato a termino indefinido hay que pagar la indemnización contemplada en el articulo 64 del código sustantivo de trabajo, esta norma contempla dos posibilidades dependiendo del monto del sueldo del trabajador despedido:

Si el trabajador devenga menos de 10 salarios mínimos mensuales, la indemnización será de la siguiente forma:
Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.

Si el trabajador devenga un salario igual o superior a 10 salarios mínimos mensuales, la indemnización será en los siguientes términos:
Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.

LIQUIDACION DE CONTRATO

Subtopic Un Contrato de trabajo se liquida básicamente en los siguientes casos:
1. Finalización el tiempo pactado en el caso de los contratos de trabajo a término fijo.
2. Retiro del trabajador por jubilación.
3. Terminación unilateral por cualquiera de las partes en cualquier momento. Aplica para contratos a término fijo y para indefinidos.

Al momento de liquidar el contrato de trabajo, se debe liquidar las respectivas prestaciones sociales, al igual que pagar todos los conceptos relacionados con los aportes parafiscales y de seguridad social.