Convencion sobre los derechos del niño
Artículo 31
1. Los Estados Partes reconocen el descanso y el esparcimiento.
2. Los Estados Partes respetarán y promoverán.
Artículo 33
Proteger a los niños contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas
Artículo 32
1. Estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo.
2. Adoptarán medidas legislativas, administrativas,
sociales y educacionales
Artículo 34
Proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales.
Artículo 36
Contra todas las demás formas de
explotación que sean perjudiciales
Articulo 25
Articulo 27
Articulo 29
El Estado debe reconocer que la educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño.
Todo niño tiene derecho a: beneficio de un nivel de vida adecuado (es responsabilidad de padres proporcionárselo), el Estado esta obligado a adaptar medidas para que la responsabilidad pueda ser asumida.
Articulo 26
Articulo 28
Articulo 30
1.Todo niño tiene derecho a la educación. 2. La aplicación de la disciplina escolar deberá respetar la dignidad del niño.
Todo niño tiene derecho a
beneficiarse de la Seguridad
Social
articulos
13
A la libertad de expresión
17
tenga acceso a fuentes de informacion
Nacionales
Internacionales
14
Libertad
Religión
conciencia
pensamiento
15
Libertad de asociacion
Libertad de celebraciones pacificas
16
A la proteccion de la ley
18
que los padres tienen obligación en la crianza y desarrollo del niño
Articulos
Artículo 37: Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes. Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente.
Artículo 39
: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima
Artículo 40: Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño de quien se
alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse o declare
culpable de haber infringido esas leyes a ser tratado de manera acorde
con el fomento de su sentido de la dignidad y el valor, que fortalezca el
respeto del niño
Artículos
7
Niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento
Derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad
Velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan contraído en virtud
8
Estados
comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares.
9
Estados
velarán por el niño no sea separado de sus
padres contra la voluntad
Respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto
directo con ambos padres de modo regular
10
Estados
garantizarán, la presentación de tal petición no traerá consecuencias desfavorables para los peticionarios ni para sus familiares.
padres residan en Estados diferentes tendrá derecho a mantener periódicamente, salvo en circunstancias excepcionales, relaciones personales y contactos directos con ambos padres.
11
Estados
medidas para luchar contra los traslados
ilícitos de niños al extranjero y la retención ilícita de niños en el
extranjero.
12
Estados
garantizarán al niño de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta
las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.
en particular se dará al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado
Articulos
1
se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad
2
respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción
3
las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
4
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas ,legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención.
5
Los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad,
6
todo niño tiene el derecho intrínsecoa la vida
articulos
19
proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental
20
derecho a la protección y asistencia especiales del Estado.
21
Permiten que el sistema de adopción cuidarán de el interés superior del niño
22
medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el estatuto de refugiado
23
reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad
24
El disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de lasenfermedades y la rehabilitación de la salud