DIAN
RÉGIMEN SIMPLE
¿ QUE ES?
- Es un modelo de tributación opcional
determinación opcional.
- De declaración Anual y de pago anticipado
bimestral.
OBJETO
1. Reducir las cargas formales
y sustanciales de los contribuyentes.
2. Impulsar la formalización y en
general.
3. Simplificar y facilitar el cumplimiento
de la obligación tributaria.
Marco normativo
Ley 1943 de 2018
(Art 66)
Decreto 1468 de
agosto de 2019
Resolución 57 de
septiembre de 2019
Ley 2010 de 2019
- Impuesto Unificado en el
cual se pagara bajo el régimen
simple de tributacion.
BENEFICIOS
- Única declaración 260
- Descuento en el impuesto
de los aportes a pensión de empleados (12%)
- Descuento en el impuesto del 0.5% por los pagos
que reciba por TC, TD y otros MPE.
- Exoneración del pago de los aportes a salud (8,5%)
y parafiscales (5%).
- No sujetos a retención en la fuente.
- No sujetos a practicar retenciones y autorretenciones
en la fuente.
- Simplificación en la renovación del RUT.
- Pagos por medios electrónicos en las obligaciones del
SIMPLE
Los descuentos no podrán afectar la
parte que corresponda al ICA.
INTEGRACIÓN DE
IMPUESTOS
El SIMPLE sustituye el
impuesto sobre la renta.
Este impuesto integra los siguientes:
1. INC - (Comidas y bebidas)
2. IVA - (Grupo 2,3 y 4 e incorpora
el IVA del grupo 1 en la tarifa del
SIMPLE)
3. ICA consolidado (Incorporado
dentro de la tarifa del simple)
4. Aportes del empleador a pensiones
(descontable del SIMPLE)
5. Impuesto de ganancias ocasionales
(Liquidación independiente).
AUTORRETENEDORES
Deberán actuar como agente retenedor
en los pagos por compra de bienes y
servicios.
El tercero receptor
del pago
Contribuyente del
régimen ordinario.
MEDIDAS DE CONTROL
Parágrafo 1 del Articulo
903
La DIAN en uso de sus facultades,
podra registrar en el regimen SIMPLE
de manera oficiosa a contribuyentes
que no hayan declarado o pagado
cualquiera de los siguientes impuestos:
Impuestos sobre la
renta y complementarios
Sobre las ventas
El impuesto de industria y comercio
El consumo
Agente retenedor del
impuesto a las ventas.
Subtopic
CREACION DE
GRUPOS ECONOMICOS
Grupo 1
- Tiendas pequeñas
- Mini- mercados
- Micromercados
- Peluquerías.
Grupo 2
- Actividades comerciales
- Servicios tecnicos y mecanicos
- Electricistas
- Albañiles
- Servicios de construcción
- Las demás no incluidas en los
otros numerales.
Predomina
El factor material sobre
el intelectual
Grupo 3
- Servicios profesionales, de
consultoría y científicos
- Servicios de profesiones liberales.
Predomina
El factor intelectual sobre
el material.
Grupo 4
- Actividades de expendio de comida
y bebidas (IMPO CONSUMO); y actividades
de transporte.
INSCRIPCION AL REGIMEN SIMPLE
Requisitos
- Actualizar el RUT registrando la responsabilidad
47 en la casilla 53 como contribuyentes del SIMPLE
hasta el 31 de enero de cada año gravable.
Para los contribuyentes no responsables
del IVA
- Ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT
- Un establecimiento de comercio
- No franquicia, concesión, regalías.
- Que no sean usuarios aduaneros.
- No hayan celebrado contratos iguales o
superiores a 3.500 UVT.
- Consignaciones bancarias inferiores a 3.500 UVT.