Disolución del matrimonio
Causales
Muerte de alguno de los cónyuges
Sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento
Divorcio declarado judicialmente
Proceso de divorcio
Nulidad de la renuncia
Es nula la renuncia de cualquiera de los cónyuges a la facultad de pedir el divorcio
El pacto o cláusula que restrinja la facultad de solicitarlo se tiene por no escrito.
Divorcio. Legitimación
El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
Requisitos y procedimiento del divorcio
Toda petición de divorcio debe:
Ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición.
Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta.
Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes.
Las propuestas deben ser evaluadas por el juez,
debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia.
En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de
divorcio.
Si existe desacuerdo
las cuestiones
pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto
en la ley local.
Efectos del divorcio
Convenio regulador.
Contiene las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges; al ejercicio de la responsabilidad parental.
Eficacia y modificación del convenio regulador.
Compensación económica
El cónyuge a quien el divorcio produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su
ruptura, tiene derecho a una compensación.
Fijación judicial de la compensación económica.
A falta de acuerdo de los cónyuges en el convenio regulador, el juez debe determinar la
procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.
Atribución del uso de la vivienda
Uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea el inmueble
propio de cualquiera de los cónyuges o ganancial.
Efectos de la atribución del uso de la vivienda familiar.
el juez puede establecer: una renta compensatoria por el uso del inmueble a favor del cónyuge a quien no se atribuye la vivienda; que el inmueble no sea enajenado sin el acuerdo expreso de ambos; que el inmueble ganancial o propio en condominio de los cónyuges no sea partido ni liquidado. La decisión produce efectos frente a terceros a partir de su inscripción registral.
El juez determina la procedencia, el
plazo de duración y efectos del derecho sobre la base de las siguientes pautas
a) la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos;
b) la persona que está en situación económica más desventajosa para proveerse de una
vivienda por sus propios medios;
c) el estado de salud y edad de los cónyuges;
d) los intereses de otras personas que integran el grupo familiar.
Cese
a) por cumplimiento del plazo fijado por el juez;
b) por cambio de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su fijación;
c) por las mismas causas de indignidad previstas en materia sucesoria.