FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL( Articulo 38 del estatuto de la CIJ)
Jurisprudencia y doctrina
La jurisprudencia sirve para resolver el caso según precedentes y aplicar los principios generales del derecho.
La doctrina es un medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho.
Costumbre internacional
Forma primaria de manifestarse la comunidad
Conformada por un conjunto de reglas observadas de hecho.
Su objeto es el comportamiento de los estados y otros sujetos de derecho internacional.
La costumbre es una practica seguida por los sujetos internacional y generalmente aceptada por estos.
Doctrina Jurisprudencial
Esta contenida principalmente en las opiniones consultivas de la CIJ que no son de obligatorio cumplimiento pero de algún modo obligan.
Por medio de decisiones judiciales y opiniones consultivas la CIJ aplica los principios generales del derecho.
Principios G. del D.I
Son las exigencias éticas inmediatamente aplicables en orden a las relaciones internacionales de cada época o situación histórica.
Son conceptos jurídicos que por su validez se preservan en el tiempo y el espacio.
Tratados internacionales
Son acuerdos entre Estados o sujetos de derecho internacional encaminados a regular su comportamiento reciproco.
Convenios de la Haya sobre derecho de guerra y neutralidad(1899 y 1907)
Conferencia de parís sobre derecho de extranjería( 1929) y la conferencia codificadora de la Haya ( 1930) sobre mar territorial, nacional y responsabilidad de los estados.
Tratados de montevideo sobre derecho internacional privado (1889 y 1939) y el codigo bustamante o de derecho internacional privado (1928)
Jerarquía e integración de las fuentes nacionales e internacionales en el derecho colombiano.
Normas " ius coengs"
Primacia de la carta de la organizacion de las naciones unidas.
Prevalencia de los tratados ratificados por Colombia y en vigencia internacional que reconocen derechos humanos y prohíben su limitación en los estados de excepción.
Prevalencia de los tratados sobre el ordenamiento jurídico colombiano.
Artículos 26 y 27 de la convención de viena
Normas constitucionales
Leyes internas.
Leyes orgánicas y estatutarias.
Costumbre nacional
ley 153 de 1887( arts 8 y 13)
Jurisprudencia nacional sobre asuntos de derecho internacional
Bloque de constitucionalidad
Principios Basicos del derecho internacional
Hacen referencia a las relaciones de amistad y cooperación entre lso estados de conformidad con la carta de las naciones unidas.
1) Los estados se abstendrán de recurrir a las amenaza o al uso de fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier estado.
2) Los estados arreglaran sus controversias internacionales de forma pacifica
3) la obligación de no intervenir en los asuntos que son de jurisdicción interna de los estados.
4) La obligación de los estados de cooperar entre si.
5) Igualdad de derechos y libre determinación de los pueblos.
6) Igualdad soberana de los estados.
7) Cumplir la buena de fe de las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con la carta.