Incumplimiento de obligaciones por culpa Rescisión
Resolución de un contrato
Rescindir contratos que en sí mismos son
válidos.
CONTRATOS BILATERAL Y VALIDO
Válido a causa del incumplimiento
culpable de una de las partes.
La falta de forma del contrato no impide la acción rescisoria cuando ha sido total o
parcialmente cumplido, por una o por las dos partes.
La rescisión procederá cuando, celebrado el contrato, éste
debe quedar sin efecto por alguna de las causas siguientes:
CULPA
EFECTOS EXTINTIVOS Y RESTITUTORIOS
LEGITIMACION DEL ACREEDOR