Información pública
Derecho de acceso a la información pública
Artículo 6 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley General de transparencia y Acceso a la Información pública
Sujetos Obligados
Entidades públicas que deben proporcionar información
Poder ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Órganos autónomos
Partidos políticos
Sindicatos que reciban recursos públicos
Dónde acudir a presentar solicitud de acceso a información pública
Acudiendo personalmente a la Unidad de Transparencia del sujeto obligado
Por medio de internet: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Por correo electrónico, postal o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia
Requisitos de la solicitud
Descripción de la información requerida
Domicilio o medio para recibir notificaciones
Descripción de la información solicitada
Modalidad en que se prefiere se otorgue el acceso a la información
Consideraciones Adicionales
El acceso a la información es gratuito,
La negativa injustificada de información puede derivar en sanciones para el sujeto obligado
Recurso de revisión
procede cuando
se niega total o parcialmente la información
La infomración proporcionada es incompleta
No se cumple con los plazos de respuesta
Plazo para Interponer el Recurso
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la respuesta o falta de ella
Proceso de Atención a la Solicitud
Plazos legales
Respuesta en un máximo de 20 días hábiles
Prórroga de 10 días hábiles en casos justificados
Entrega de la información
Según la modalidad solicitada
Notificación al solicitante sobre la disponibilidad de la información