Ley 5 del 11 enero de 2007
Articulo5: Definiciones
1 Actividad Industriales
Comprende industrias manufacturesas
Ventas al por mayor al estado
artesanías caseras con menos de 5 trabajadores
2 autoridad publica competente
autoridad publica competente
3 aviso de operación
documento de avala la actividad comercial
4 comercial al por mayor
la prestación de servicio
las ventas al estado y a empresas
que no constituya comercial al por menor
5 comercio al por menor
la venta de bienes al consumidor
la agencia de empresas productoras o mercantil
cualquier otra actividad que la ley clasifique como tal
6 Numero de aviso de operación
es el numero y codigo que confirma la culminación del proceso
7 Panamá Emprende
sistema informativo administrado por el ministro y aviso del estado sobre el inicio de actividad comercial e industrial
Articulo6: Tasa de aviso
corresponde al municipio respectivo del lugar donde se ubique el establecimiento
Articulo6: Tasa de aviso
Articulo8: Proceso de aviso
debería contar con las aprobaciones correspondientes
deberá completar el registro de la actividad emprende panamá
debe pagar todo lo requerido para la apertura de empresas por el sistema
El sistema panamá emprende le evitara al interesado un numero de aviso de operación
Articulo 1: Aviso de operación
toda persona natural o juridica tiene derecho a obtener una aviso de operación
Es el unico proceso requerido para iniciar una actividad comercial
La autoridad competente es el MICI
Debe contener la información necesaria y al finalizar se debe imprimir
Articulo3: Validez de aviso de operación
tiene validez jurídica y reposa en el sistema de Panamá Emprende
debe contener una declaración jurídica
Articulo4: Actividades Expectuadas
agrícola, ganadería, Apícola, Acuiola, Avícola y agroforestal
elaboración y venta de artesanía con menos de 5 trabajadores
actividades sin fines de lucro
ejecución de profesionales liberales: servicio de abogado de manera personal