LEY DE COMUNICACIÓN-. OBJETO DESARROLLAR, PROTEGER, REGULAR DERECHOS A LA COMUNICACIÓN
TITULO III: COMPRENDE DEL ARTICULO 45 A 59, SISTEMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL
CAPITULO I: EL SISTEMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL SE CONFORMARÁ POR INSTITUCIONES PÚBLICAS,
CAPITULO II: REGULACIÓN Y CONTROL: CUERPO COLEGIADO CON PERSONERÍA JURÍDICA AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA, FINANCIERA,
TITULO IV, REGULACIÓN DE CONTENIDOS, COMPRENDE DES ARTICULO 60 AL 69
TEMAS IMPORTANTES: CLASIFICACIÓN DE CONTENIDOS, CONTENIDOS DISCRIMINATORIOS, PROHIBICIONES, MEDIDAS ADMINISTRATIVAS, FRANJAS HORARIAS, PUBLICIDAD, CONTENIDO VIOLENTO Y SEXUAL
TITULO VI, DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO COMPRENDE DESDE ARTICULO 105, 119
EN ESTE TITULO SE TRATAN TEMAS DE LA ADMINISTRACIÓN, DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO, MODALIDADES DE ADJUDICACIÓN, INHABILIDADES, CONCESIONES, CONDICIONES
TITULO I, COMPUESTA DESDE ARTICULO 1 AL 8, OBJETO: DESARROLLAR, PROTEGER, REGULAR DERECHOS A LA COMUNICACIÓN
TITULO II, COMPRENDE ARTICULO 9 AL 44, CONTEMPLA LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS
CAPITULO I: : RESPECTO A LA HONRA, INTIMIDAD FAMILIAR Y PERSONAL, NO DISCRIMINACIÓN DISCAPACITADOS, NO EMISIÓN IMÁGENES VIOLENTAS.
CAPITULO II:
SECCIÓN I:DERECHO A LA COMUNICACIÓN,PROHIBICIÓN AL A CENSURA PREVIA,RESPONSABILIDAD ULTERIOR, TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN, INFORMACIÓN VERAZ, DERECHO A LA REPLICA Y RECTIFICACIÓN, NO LINCHAMIENTO MEDIÁTICO, NO DIFUSIÓN INFORMACIÓN RESTRINGIDA
SECCIÓN II DERECHOS DE IGUALDAD E INTERCULTURABILIDAD: CREACIÓN DE MEDIOS COMUNICACIÓN SOCIAL, ACESSO A FRECUENCIAS, INTERCULTURABILIDAD, CONCIENCIA, RESERVA FUENTE DE INFORMACIÓN, LIBRE EJERCICIO, RESPECTO DERECHO DE L@S TRABAJADOR@S DE COMUNICACIÓN
TITULO V, MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL, COMPRENTE DESDE EL ARTICULO 70 A 104
SECCIÓN I: MEDIOS PÚBLICOS, EMPRESAS PÚBLICAS, MEDIOS PÚBLICOS DE CARÁCTER OFICIAL, FINANCIAMIENTO,CONSEJOS CIUDADANOS
SECCIÓN II: MEDIOS PRIVADOS
SECCIÓN III: MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS,
SECCIÓN IV: TRANSPARENCIA MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
SECCIÓN V: PUBLICIDAD
SECCIÓN VI: PRODUCCIÓN NACIONAL
SECCIÓN VII: ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, PRODUCCIÓN NACIONAL