ley para la maternidad y paternidad responsable

La presente ley tiene como objetivo la creación de un marco jurídico que permita implementar los mecanismos necesarios para mejorar la salud y calidad de vida de las mujeres y RN.

Art7: condiciones para un embarazo saludable

Art 8: atención obligatoria durante el embarazo

Art 9: atención obligatoria durante el parto

Art 11: salud neonatal

Art 13: casas maternas con pertinencia cultural

promover un sistema de monitoreo

Garantizar el acceso universasl

promover un sistema de vigilancia epidemiológica de la salud materna

articulo 3: instituciones responsables. ministerio de salud publica y asistencia social, IGSS Y ONG

El desarrollo de la presente ley se enmarca en los principios siguientes

COMENTARIO: la paternidad y maternidad, ejercidas de una manera responsable, es una experiencia que deberá estar presente a lo largo de la vida del individuo, inicia desde el momento que se toma la decisión de tener un hijo, que implica preparación y madurez. la responsabilidad requiere de la aceptación y cumplimiento del compromiso de formar una familia saludable, tanto física como social, que le permita tener las posibilidades de desarrollo y bienestar.

Capitulo I: DISPOSICIONES GENERALES

capitulo II: ACCESO UNIVERDAL A LOS SERVICIOS DE SALUD MATERNO Y NEONATAL

LEY DE PROTECCION PARA LAS PERSONAS DE LA TERCERA EDAD

ART 6: toda persona de la tercera edad tiene derecho a que se le de participación en el proceso de desarrollo y gozar de sus beneficios.

ART 8: el estado y sus instituciones deberán contribuir a la realización del bienestar social satisfactorio de las personas de la tercera edad.

REGIMEN SOCIAL: es obligación de los parientes asistir y proteger al anciano.

SALUD: art 13- art 14- art 15- art 16 derecho fundamental, derecho de asistencia medica, curativa, rehabilitación oportuna

El MSPAS debe desarrollar programas especiales de educación, nutrición, salud bucal y salud mental para el adulto mayor de forma gratuita.

COMENTARIO: L ley del adulto mayor tiene como objetivo garantizar la promoción, protección y ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento.

NOMBRE: ERENDI NENDI ASENCIO ALARCÓ CARNET: 4599-21-15826