M1 ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO PROBATORIO EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO COLOMBIANO
1. OBJETIVOS
2. COMPETENCIAS A DESARROLLAR
3. FUENTE Y MEDIO DE PRUEBA: ALCANCES
Distinción entre fuente y medio de prueba
Prueba judicial
Conocimiento de la jurisprudencia básica del régimen probatorio colombiano. Puesta en práctica de las garantías procesales de carácter probatorio.Reconocimiento de criterios de aplicabilidad de la prueba trasladada.
Distinción entre fuente y medio de prueba
La diferencia entre el campo extrajudicial y judicial, permite distinguir entre las nociones de fuente de prueba y medio de prueba. Mientras la fuente de prueba se relaciona al campo extrajudicial, la noción de medio de prueba lo será del campo judicial.
Prueba judicial
La prueba judicial es una actividad: debido a que se requiere el cumplimiento de modo material y formal de acciones concretas. Las acciones las regulará el marco jurídico del procedimiento específico o, en su caso, un marco jurídico general.La prueba judicial es un medio: en tanto que se entiende que el juzgador para emitir un juicio deberá en todo momento contar con antecedentes que le permitan determinar el componente factual de lo que se debate jurídicamente. La prueba judicial es un resultado: en tanto que el juzgador debe llegar a una conclusión sobre el supuesto fáctico debatido una vez valorados los medios probatorios allegados al proceso promoviendo una decisión motivada.
Un entendimiento del artículo 29 de la Constitución Política ha conducido a reconocer que el derecho fundamental a la prueba significa:Que las pruebas ilícitas no sean tenidas en cuenta en el juicio y en cambio las legales y oportunamente practicadas sean valoradas por el juzgador.Que las partes poseen el derecho a controvertir las pruebas que obren en el proceso.Que se cuenta con la facultad de pre-constituir las pruebas; yQue se deben acatar no solo las reglas procesales sino de los principios que inspiran la actividad probatoria.