LO LLEVA A CABO
DEBE ARTICULARSE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL (MEN)

En materia de educación el Estado quiere garantizar el acceso y la permanencia al servicio público educativo

Con otras organizaciones o entes que tengan el mismo interés común como:

Ministerio de Educación Nacional (MEN)

Las secretarias de educación

Las instituciones y centros educativos

Los docentes

Las familias y las comunidades

(PSRE) Plan Sectorial La Revolución Educativa y se ejecuta por medio de tres ejes:

Aumento de la cobertura

Permanencia y mejoramiento de esquemas de aprendizaje

La eficiencia

El Ministerio de Educación Nacional (MEN) centra su atención especial a las poblaciones vulnerables

Jovenes y adultos iletrados

Menores con necesidades educativas especiales ( discapacidad, limitaciones o talentos excepcionales)

Discapacidad

Limitaciones físicas

Talentos excepcionales

Menores en riesgo social

Habitantes de fronteras

Población rural

Afectados por la violencia

Desplazamiento forzado

Desvinculados de grupos al margen de la ley

Las comunidades étnicas

Indígenas

Afrocolombianos

Raizales

ROM (gitanos)

VULNERABILIDAD

Situación producto de desigualdades por factores: históricos, económicos, culturales, políticos y biológicos y se evidencian cuando:

poca o nula presencia del estado

zonas de difícil acceso y alto riesgo

presencia de cultivos ilícitos

condiciones de extrema pobreza

desplazamiento forzado

problemas de seguridad alimentaria

desnutrición, anemia

bajos indices de escolaridad

discriminación

dificultades frente a procesos de aprendizaje

PRINCIPIOS PARA SUPERARLA:

Corresponsabilidad

Participación

Reconocimiento

Multiculturalidad

Equidad

LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A LAS COMUNIDADES ÉTNICAS

MARCO JURÍDICO

Constitución Política de 1991

Artículo 7: el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana

Artículo 10: Las lenguas y dialectos de
los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta
en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.

Artículo 13: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y
oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o
familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Artículo 27: El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación
y cátedra

Artículo 68: Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La Ley
establecerá las condiciones para su creación y gestión. Las integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y
desarrolle su identidad cultural. La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o
mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

Ley 115 de 1994

Artículos 55-63: brindar una educación
pertinente a los grupos étnicos, de acuerdo
con su cultura, lengua, tradiciones y fueros
propios y autóctonos

Ley 70 de 1993: reconoce la propiedad colectiva de la tierra de las comunidades afrocolombianas que históricamente han habitado en un territorio.

Artículos 32-46: plantea que el Estado debe reconocer y garantizar el derecho a un proceso educativo acorde con las necesidades y aspiraciones etnoculturales de estas poblaciones.

Ley 21 de 1991: Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Artículo 21: Los miembros de los pueblos interesados deberán poder disponer de medios de formación profesional por lo menos iguales a los de los demás ciudadanos

ACCIONES PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A POBLACIONES ÉTNICAS

Utilizar modelos educativos flexibles para la
atención etnoeducativa

Permitir la flexibilidad curricular

Promover el intercambio de experiencias
pedagógicas, para mejorar los procesos
educativos e impulsar el desarrollo de nuevos modelos acordes con las necesidades de la población que será atendida

Promover la capacitación de etnoeducadores

Realizar un inventario de instituciones y centros educativos que atienden poblaciones
étnicas, así como de los programas y proyectos de etnoeducación

Delimitar las estrategias institucionales,
pedagógicas y financieras, definiendo las
metas de corto, mediano y largo plazo

REFERENCIAS:

- MEN. (2005). Lineamientos de política para la atención educativa a poblaciones vulnerables

- Maldonado, A., Manuel, J., & García Cabana, A. C. (2015). Inclusión educativa de la población rural en el departamento de la Boyacá-Colombia a través de la virtualidad en el modelo pedagógico de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD

LEIDY NATALIA BELTRAN VALENCIA 100071623