Modalaidades de Contrato

Forma

Contrato Verbal

El empleado y el empleador deben
ponerse de acuerdo, como mínimo
en 3 Puntos: índole del trabajo y en
donde se realizara, Cuantía y forma
de la remuneración y por ultimo la
duración de dicho contrato.

Contrato Escrito

Termino Fijo

Se realizara por un tiempo determinado
y que el empleador solicite, dicho
contrato únicamente se podrá prorrogar
por 3 veces, siendo en un mismo año o
en diferentes. Cualquiera de las partes
deberá avisar el vencimiento del contrato
con mínimo 30 días de antelación de no
ser así se tomara como renovación
automática del mismo.

Termino Indefinido

Dicho contrato no estipula ningún
tiempo de duración, por ende este
perdurara mientras subsistan las
causas y el material que le dieron
origen a dicha labor. Por otro lado
el trabajador puede darle fin con un
aviso no inferior a 30 días para su
reemplazo.

Carnet

Este elemento es una opción para
las empresas que a su juicio lo exigirán
o no en la empresa donde se laborara.
En dicho elemento deben estar los datos
del empleado en la cara frontal como el
Nombre, el numero de la Cédula de Ciudadanía,
Fotografía y el cargo en el que se encuentra.
Por el otro lado si la empresa lo ve necesario
llevara huella y por consiguiente la firma autorizada.

Ingreso de Trabajadores

Esto se debe realizar en las empresas
que tengan 5 o mas empleados a su
servicio y que no haya celebrado
contrato escrito y no tengan la modalidad
del carnet. Estas empresas deben llevar
el registro de ingreso de los trabajadores
y se firmara por las dos partes, ademas
debe consignarse las condiciones con las
que se contrato.

Certificacion de Trabajo

Se realizara para los trabajadores
que tienen un contrato verbal,
y que a solicitud de los mismos
se expida, en esta certificación debe
encontrarse todas las condiciones del
contrato verbal.

Clausulas

Ineficaces

Son las que no deben desmejorar la situación
del trabajador de acuerdo a las leyes
que se establezcan en los códigos referentes
al trabajo. Pero las empresas deben ser licitas
y por ende se le cancelara a sus empleados con
todo lo solicitados por la ley.

No Concurrencia

Son las que explican que un empleado NO debe
realizar funciones diferentes a las que fue
Contratado y que cuando termine su contrato no
producirá ningún efecto.

Suspension

Efectos

Se realizara la suspensión de acuerdo
con las causas expuestas en el Art. 51
del Capitulo IV del Código Sustantivo
del trabajo, y por dichas causas se le
descontara al empleado al liquidar sus
vacaciones, cesantias y jubilaciones. Y
durante la suspension de le debera
pagar al empleado lo dicho en el
contrrato

Reanudacion

Se realizara la reanudación cuando
se hayan terminado las causas de
estipuladas para la sanción y el
trabajador estará obligado a presentar
el aviso de la fecha de su nuevo ingreso
al empleador.