PARAMETROS Y NORMATIVAS EN SISTEMAS DE ALUMBRADO PULICO
De quién es la responsabilidad por la prestación
del servicio del alumbrado público en los
municipios de Colombia
en forma directa al prestador de servicios de alumbrados públicos del sector
Qué responsabilidad tiene el comercializador
o distribuidor de energía eléctrica que presta el servicio de alumbrado público en mi municipio o distrito
Los municipios o distritos pueden suscribir contratos para la
prestación del servicio de alumbrado público con empresas
distribuidoras o comercializadoras del servicio de energía de
eléctrica
control y regulacion del alumbrado publico
control técnico
control social
control fiscal
normativas tecnicas para el servicio de alumbrado publico
El sistema de alumbrado público deberá cumplir con lo establecido en
el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público, RETILAP,
expedido por el Ministerio de Minas y Energía
El suministro de energía eléctrica para el servicio de
alumbrado público, el cual está sometido a un régimen de
tarifas de libre negociación entre el municipio deacuerdo a la ley 142 y 143 del 1994
La actividad de inversión del servicio de alumbrado público
comprende la expansión de la infraestructura propia
Los costos de administración, operación y mantenimiento
(AOM), que demanda el sistema de alumbrado público para
su normal funcionamiento y atención de las PQR.
A quién se debe elevar consultas o PQR por la
prestación del servicio de alumbrado público?
Tipo de consulta o PQR sobre:
Quejassobrelaprestacióndelserviciode
alumbrado público
Tarifa del impuesto de alumbrado público
(tarifa muy alta, no cuento con el servicio
de alumbrado y me lo cobran, etc.)
Aclaraciones sobre la metodología
de costo máximo (Resolución CREG
123 de 2011), que deben elaborar
los municipios para la prestación del
servicios de alumbrado público.
Aclaraciones sobre las normas técnicas
aplicables al alumbrado público: RETIE
(Reglamento técnico de instalaciones
eléctricas) y RETILAP (Reglamento
Técnico de Iluminación y Alumbrado
Público).
¿Cuál es la legislación y regulación
vigente para el alumbrado público?
Ley 97
de 1913
Autoriza al Concejo de Bogotá para crear un impuesto sobre
el alumbrado público
Ley 84
de 1915
Amplió la autorización asignada al municipio de Bogotá a
todos los concejos municipales del país.
Ley 80
de 1993
Autoriza al Concejo de Bogotá para crear un impuesto sobre
el alumbrado público.
Ley 136
de 1994
Establece en el numeral 1 del artículo 3 que le corresponde al
municipio prestar los servicios públicos que determine la ley.
Ley 697
de 2001
Fomenta el Uso Racional y Eficiente de la Energía, URE, en
todos los aspectos de la economía nacional.
Ley 1150
de 2007
Art. 29 reglamenta el contrato de concesión de
alumbrado público
Ley 1386
de 2010
Por la cual se prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a
cualquier título, la administración de los diferentes tributos a
particulares y se dictan otras disposiciones.
Ley 1819
de 2016
Reforma Tributaria. Artículos 349 a 353.