Políticas de Vigilancia y control de sanitario, servicios de salud.
INTRODUCION
La salud es una condición indispensable para el logro de los objetivos planteados en las políticas sociales diseñadas para alcanzar las metas nacionales de crecimiento económico y bienestar, incluidos el desarrollo social y de la salud.
En términos prácticos, la vigilancia se entiende como la observación sistemática y continuada de la frecuencia, la distribución y los determinantes de los eventos de salud y sus tendencias en la población. Todo sistema de vigilancia debe estar amparado por un marco legal propio del Estado que garantice la operación eficiente de dicho sistema.
El enfoque de la vigilancia requiere equilibrio entre las necesidades de información y las limitaciones para la recolección de datos. El carácter pragmático y dinámico de la vigilancia depende de la cooperación continua del personal de salud en los diferentes niveles de los servicios de salud.
DESARROLLO
El 13 de septiembre del 2012, se publica en el Registro Oficial No. 788, el Decreto Ejecutivo No. 1290 que señala como imperiosa la necesidad de mejorar la calidad del control post registro y facilitar a la vez la gestión del sector productivo nacional, a través de una institucionalidad que se especialice en la gestión de la vigilancia y el control sanitario de productos de consumo humano, escindido el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical.
Es el organismo técnico encargado de la regulación, control técnico y vigilancia sanitaria de los siguientes productos: alimentos procesados, aditivos alimentarios, agua procesada, productos del tabaco, medicamentos en general, productos nutracéuticos, productos biológicos, naturales procesados de uso medicinal, medicamentos homeopáticos y productos dentales; dispositivos médicos, reactivos bioquímicos y de diagnóstico.
Productos higiénicos, plaguicidas para uso doméstico e industrial, fabricados en el territorio nacional o en el exterior, para su importación, exportación, comercialización, dispensación y expendio, incluidos los que se reciban en donación y productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal, relacionados con el uso y consumo humano; así como de los establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario establecidos en la Ley Orgánica de Salud y demás normativa aplicable, exceptuando aquellos de servicios de salud públicos y privados. (D.E. 1290, Art. 9).
OBJETIVOS.
Incrementar la eficacia en la regulación de productos de uso y consumo humano, establecimientos y su aplicación bajo su ámbito de competencia contribuyendo a la salud pública.
Incrementar la eficacia y eficiencia en la vigilancia y control posterior de productos y establecimientos bajo su ámbito de competencia contribuyendo a la salud de la población.
Incrementar el uso eficiente del presupuesto en la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA.
Art. 4.- Procesos de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA
Los procesos de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.
Estos son:
1: Los Procesos Gobernantes orientan la gestión Institucional a través de la formulación de directrices, procedimientos, propuestas de normas y acuerdos, planes y resoluciones para la adecuada administración y ejercicio de la representación legal de la Institución.
2: Los Procesos Sustantivos o Agregadores de Valor son los encargados de generar y administrar los productos y servicios destinados a usuarios internos y externos y permiten cumplir con la misión Institucional y los objetivos estratégicos.
3: Los Procesos Adjetivos o Habilitantes de Asesoría y de Apoyo generan productos y servicios para los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, apoyando y viabilizando la Gestión Institucional.
4: Los Procesos desconcentrados generan productos y servicios destinados a los usuarios finales acercándose al territorio.
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA, es una entidad adscrita al Ministerio de Salud Pública cuyas funciones principales son la regulación técnica en materia sanitaria para la vigilancia y control de establecimientos y productos de uso y consumo humano, la certificación de cumplimiento de normativas y estándares en materia sanitaria, y la vigilancia y control sanitario.
ATRIBUCIONES:
Elaborar y ejecutarla normativa técnica para el control y vigilancia sanitaria de los establecimientos y productos sujetos a vigilancia sanitaria, en base a las políticas y lineamientos establecidos por la Autoridad Sanitaria.
Otorgar, suspender, cancelar o reinscribir los certificados de Registro Sanitario y/o Notificación Sanitaria Obligatoria de los productos de uso y consumo humano, según la normativa vigente.
COMPETENCIAS:
Reglamentación Técnica en Materia Sanitaria para la vigilancia y control de establecimientos y productos de uso y consumo humano.
Certificación de cumplimiento de Normativas y Estándares en materia sanitaria.
Vigilancia y Control Sanitario de establecimientos y productos de uso y consumo humano
ROLES:
La Agencia de Regulación y Control Sanitario (ARCSA), su rol fundamental es con el otorgamiento de certificados de registro sanitario para los productos de consumo humano, alimentos, medicamentos, de uso personal, de uso higiénico, como cosméticos.
Conclusiones
Es imprescindible generar constantemente los datos necesarios para sustentar la elaboración de políticas, planes, programas y proyectos. Para ello es necesario fortalecer los sistemas nacionales de información de salud.
Mientras persistan los agudos niveles de pobreza y desigualdad en la Región, debe aumentarse el gasto público en el sector de la salud y en programas de protección social que planteen cambios estructurales. Programas que no solo incorporen insumos de los diferentes sectores sino que promuevan sinergias en procesos y resultados, propicien procesos de empoderamiento y no se queden solo en ayudas individualizadas.
Hay que mantener una vigilancia constante sobre los niveles del gasto público en materia de salud y su relación con el gasto social para mejorar el desempeño de los sistemas de salud y seguimiento de los avances y retrocesos a nivel nacional y subnacional, y actuar universalizar los programas de protección social con énfasis en los sectores y municipios más vulnerables.