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EN
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es decir
PRINCIPIO DE LA REPRESENTACIÓN
PRINCIPIO DE RELATIVIDAD O EXCLUSIVIDAD
PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD
PRINCIPIO DE LA DILIGENCIA
PRINCIPIO DE LA BUENA FE
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PRIVADA

PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS NEGOCIOS JURÍDICOS O LOS CONTRATOS

Los sujetos de derecho, Tienen la facultad de crear sus propias normas juridicas. este principio esta consagrado en el art 333 de la c,p

Los sujetos deben actuar conforme a derecho, y esa buena fe es el comportamiento de los sujetos en una relacion contractual, sin intencion de causarse daño

Ese comportamiento tiene que ser: honesto, leal y se debe tener en cuenta ese comportamiento en las etapas -precontractual, contractual y poscontractual-

constitucion politica, art 83

codigo de comercio art 830

Consiste en que las partes contratantes deben actuar con cuidado y diligencia , tanto en la etapa precontractual como en la celebración y ejecucion del mismo

codigo civil

Se deben tener en cuenta las clases de culpa consagradas en el articulo 63

Culpa grave

Culpa leve o descuido ligero

culpa levisima

Menciona que las estipulaciones o pactos derivados de la autonomía privada de la voluntad, por constituir una norma jurídica ¡, son de obligatorio cumplimiento para las partes contratantes

Dicta que aquellas clausulas y estipulaciones solo son vinculantes para las partes que participaron en la creación del contrato y no para otras personas

Se oponen los contratos laborales colectivos, donde por la mera integración contractual a la empresa, sin haber participado, se ven beneficiados

Según el cual un contrato se puede celebrar directamente por los sujetos interesados también se puede acudir a la figura de la representación

Una institución por la que un representante actúa en nombre y por cuenta de su representado

Los efectos del negocio juridico celebrado se radican en cabeza del poderdante, como si el mismo hubiere manifestado su consentimiento personalmente