SUELDOS, SALARIOS, BENEFICIOS SOCIALES Y UTILIDADES EN LA EMPRESA
Beneficio de participación de trabajadores en la rentabilidad que tenga la empresa en sus utilidades liquidas, de los cuales existe el 15% divido en la siguiente manera:
10%
Se entregará directamente al trabajador
5%
Se entregara al trabajador que posea cargas familiares:
* Hijos con discapacidad
* Menores de 18 años
*Cónyuge o unión de hecho
Procedimiento y análisis para el pago de utilidades
Se realizara hasta el 31 de marzo de cada año y se considera lo siguiente:
Previo acuerdo de las partes, se le cancelará las utilidades al trabajador, a través de acciones de la empresa, ya sea de manera parcial o total; de acuerdo con la norma
Las utilidades no forman parte de la remuneración.
De la misma manera se exonerara de dicho pago a las utilidades de los artesanos.
En caso de haber laborado parcialmente durante el año, el trabajador recibida la parte proporcional.
En las utilidades intervendrá los trabajadores actuales o ex trabajadores
El empleador podrá autorizar el anticipo de sueldos y estará facultado para descontarlos en dicho beneficio
En caso de no realizar el pago o existir demora, el empleador deberá pagar el doble de la cantidad pendiente
En caso de falsedad de los montos depositados en lo referente a utilidades, el S.R.I. previa auditoria, notificará al Ministerio de Trabajo para que sancione desde el 10% al 20% según la capacidad económica de la empresa.
Son derechos irrenunciables a los que cada trabajador o empleado de una empresa, institución se hace acreedor por una trabajo legal.
Estas se clasifican en las siguientes
Sueldos
Es el pago económico que la empresa realiza a los trabajadores por las actividades que realizan. Esta remuneración condiciona a que las actividades sean aplicadas de manera intelectual.
Al sueldo puede agregarse los beneficios:
* Horas Extras
* Horas Suplementarias
* Las demás determinadas en la ley.
El trabajador ademas del sueldo percibido, en el mes de diciembre y de manera anual, percibirá el décimo tercer sueldo o bono navideño, de acuerdo al tiempo laborado.
A pedido del trabajador, podrá pagarse de manera acumulada.
Decimo cuarto o bono escolar
Este sueldo se paga de acuerdo a la región:
* Sierra y Amazonia: Máximo hasta el 24 de diciembre
* Costa: 15 de marzo
A pedido del trabajador, podrá pagarse de manera acumulada.
Salarios
Es es bonificación económica que la empresa realiza al personal obrero.
El pago puede ser de acuerdo a lo pactado en el contrato de trabajo.
Al salario puede agregarse los beneficios:
* Horas Extras
* Horas Suplementarias
* Las demás determinadas en la ley.
El trabajador ademas del salario percibido, en el mes de diciembre y de manera anual, percibirá el décimo tercer sueldo o bono navideño, en conformidad al tiempo laborado.
A pedido del trabajador, podrá pagarse de manera acumulada.
Décimo cuarto o bono escolar
Este salario se paga de acuerdo a la región:
* Sierra y Amazonia: Máximo hasta el 24 de diciembre
* Costa: 15 de marzo
A pedido del trabajador, podrá pagarse de manera acumulada.