“TEORÍAS SOBRE LA NATURALEZA JURÍDICA DEL DERECHO DEL CONSUMIDOR”
Antecedentes
Historia
Origen del consumidor
El Paleolítico, cuando el humano empezó a sembrar su propia comida, o desarrollar la agricultura.
Creando un punto de inflexión
Para la existencia de la permanente relación del proveedor y consumidor en una sociedad que busca satisfacer necesidades individuales en un espacio colectivo
Hitos para que empezara una corriente orientada al Derecho del Consumidor
La victoria del capitalismo de la Guerra Fría y la caída del muro de Berlín en 1989
Otros
La revolución industrial y la antigua roma
El consumerismo
Etapa en la que se da las primeras leyes de
alimentación en Egipto, India, Grecia y Roma.
La tabla de Derechos
Anunciada
Jhon F. Kennedy en el
mensaje al Congreso el 15 de Marzo de 1962
Fuente y base para el desarrollo de modernas legislaciones que promueven el respeto de los consumidores
Derecho Comparado
Argentina
Ley N° 24240
Consumidor
La persona física o jurídica que adquiere o utiliza en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.
Proveedor
“Es la persona física o jurídica, pública o privada que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios"
Chile
Ley 19496
Consumidor
Las personas naturales o jurídicas que, en virtud de cualquier acto jurídico oneroso, adquieren, utilizan o disfrutan, como destinatarios finales, bienes o servicios.
No serán proveedores a las posean un título profesional y trabajen independiente
Colombia
Productor
La que de manera habitual, directa o indirectamente, diseñe, produzca, fabrique, ensamble o importe productos que pueden o no estar sujetos a reglamento técnico o medida sanitaria fitosanitaria
Proveedor
El que de manera habitual, directa o indirectamente ofrezca, suministre, distribuya o comercialice productos con o sin ánimo de lucro.
Legislación Nacional
Constitución Política del Perú 1993
Articulo N° 65
Protección al consumidor El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población.”
LEY Nª 29571
Articulo 83
“Derecho a la protección de sus intereses económicos y en particular contra las cláusulas abusivas, métodos comerciales coercitivos, cualquier otra práctica análoga e información interesadamente equívoca sobre los productos o servicios.”
Naturaleza Jurídica
Nace el derecho del consumidor, como aquella rama que va a regular y proteger los derechos de los consumidores en su intervención a diario con el mercado.
Derecho del Consumidor
Constitucional
La defensa de los consumidores frente a los proveedores o mejor conocidos como empresarios corporativos es tan crucial para confirmar que los ciudadanos de un país son soberanos, dicho grupo de los empresarios a través de la acumulación del capital, intrínsecamente van a tener poder, ya sea por su dinero, influencia o propaganda
Derecho de la Persona
Un consumidor y un proveedor intercambian bienes patrimoniales para subsanar necesidades, muchas veces nosotros por cuestiones de tiempo no podemos hacernos nuestro propio desayuno, almuerzo y cena.
Derecho Multidiciplinario
En el orden
Interno
Encontramos que el derecho del consumidor es una rama multidisciplinaria porque comparte principios, conceptos, institutos e instrumentos con otras ramas jurídicas
Externo
Aquí vamos a observar que el derecho del consumidor, como ya lo señalamos anteriormente, no solo se va a relacionar o vamos a encontrar que comparte ciertos aspectos con las ciencias jurídicas, sino que también lo hará con ciencias de otras índoles.
Teoría de los intereses difusos
Lo que marca a esta teoría de particularidad es que estos intereses difusos bajo ninguna circunstancia pueden ser tratados como si fueran personales o individuales, puesto que tienen un carácter especial por ser propios de un conjunto de personas.
lo podríamos apreciar en el caso
De un producto hecho en cadena que resulte defectuoso y perjudicara a varios consumidores, por lo cual no podrá ser tratado como violación al derecho de una persona, puesto que se comparte un mismo intereses indivisible.
Derecho del consumidor con otra ramas
Derecho Administrativo
La administración la que imponga sanciones para proteger esos derechos otorgados por nuestras leyes y normas a los consumidores.
Derecho Civil
La contratación negociada es sustituida por la
contratación en masa que exige la pura adhesión.
mercado
la automatización
La economía
Derecho Constitucional
El derecho del consumidor se encuentra junto con otras ramas del derecho dentro de lo que llamamos derecho social, porque es una rama que se desarrolla con las personas y la interacción de estas en el mercado
Derecho Mercantil
El Derecho del Consumidor se ha emancipado del Derecho Comercial o Mercantil y del Derecho Administrativo, por tanto, es claro y está fuera de todo debate en los tiempos presentes, que esta disciplina ha aislado.
Jurisprudencia
Caso
Hipermercados Metro S.A