Tránsito aduanero
El tránsito aduanero es un régimen de aduanas que permite el traslado de mercancía por
diferentes dependencias dentro del territorio aduanero.
Características
Aduana de salida: Oficina que autoriza y da inicio a la operación de tránsito.
Aduana de tránsito: Esta es una oficina intermedia, autorizada para el control del
tránsito. En caso de tránsito internacional, puede ser una aduana del país de acogida.
Aduana de destino: Finalmente, esta es la aduana que finaliza el proceso de tránsito
y la que efectúa el despacho de la mercancía.
Consecuencias del tránsito aduanero
cuando tales inexactitudes o errores conlleven un menor pago de los tributos
aduaneros.cuando tales inexactitudes o errores conlleven la omisión en el cumplimiento
de requisitos exigidos para aceptar la declaración.
No tengan al momento de presentar la declaración de tránsito de las mercancías
declaradas, los documentos soporte.
No conserven a disposición de la autoridad aduanera copia de la declaración de tránsito
o de cabotaje o del formulario de continuación de viaje.
Ventajas y desventajas
El principal beneficio de este régimen es la posibilidad de traslado de mercancía en territorio
aduanero sin generar impuestos. Es decir, esta asociado con la disminución de costos.
Asimismo, permite la celeridad de trámites, dado que no es necesario hacer varias veces el
proceso de despacho de la carga.
Subtopic
Algunas desventajas que se puede mencionar es que requiere la existencia de un buen
sistema de comunicación entre oficinas. Por tanto, la carencia de dicho sistema podría tener
el efecto contrario y ocasionar retrasos, así como costos adicionales de almacenamiento.
Asimismo, podría ser un inconveniente que las prácticas de tránsito difieran entre oficinas.
Esto, especialmente, para el caso de tránsito internacional.
DOCUMENTOS DE TRÁNSITO ADUANERO.
Es el régimen aduanero que permite el transporte de mercancías nacionales o de procedencia
extranjera, bajo control aduanero, de una Aduana a otra, situadas en el territorio aduanero Nacional.
En éste régimen se pueden dar las modalidades de tránsito, cabotaje y transbordo.
OPERACIONES PERMITIDAS:
• La nación.
• Entidades territoriales
• Entidades descentralizadas
• Usuario de una Zona Franca
• Titular de un Depósito Privado.
Inspección:
Transporte multimodal
Cabotaje
Transbordo
Entregas urgentes y de socorro
TRÁNSITO DE MERCANCÍAS
El tránsito aduanero es propio del transporte terrestre o ferroviario
existen entonces los siguientes obligados aduaneros:
Para el importador como declarante
Para la agencia de aduanas que actúe en representación del declarante
Para el transportador nacional que ejecute la operación de tránsito aduanero
Para el transportador que declare y ejecute el cabotaje
Para el transportador internacional que declare y ejecute el transbordo, no hay
constitución de garantías.