TRIPARTITA DEL TRIBUTO
IMPUESTOS
IGV - IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
En el Perú, el Impuesto al Valor Agregado es conocido como el Impuesto General a las Ventas – IGV. La tasa general aplicable es 18%, que se compone de un 16% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado más 2% correspondiente al Impuesto de Promoción Municipal.
Ventas de Bienes Muebles en el Perú
Prestación de Servicios en el Perú
Contratos de Construcción
Importación de bienes
IR - IMPUESTO A LA RENTA
PRIMERA CATEGORIA
Es conformada por el arrendamiento y subarrendamiento de un inmueble.
El pago es de 6.25 % sobre la renta anual
SEGUNDA CATEGORIA
Es aplicado a los intereses obtenidos por prestamos, regalías y ganancias del capital.
TERCERA CATEGORIA
Se impone sobre todos los ingresos obtenidos por las personas y empresas con actividades empresariales; en el año deben pagar 12 pagos a cuenta mensuales.
Esta por debajo del 1.5% de los ingresos netos
CUARTA CATEGORIA
Deben pagar el impuesto cuando cobran honorario.Las personas con este tipo de rentas deberán deducir el 20% de sus ingresos.
Regidores Municipales
Directores de Empresas
Consejeros Regionales
QUINTA CATEGORIA
El empleador mediante planilla aplica la retención mensual del impuesto a la renta al trabajador dependiente, de una entidad o empresa.
Gratificaciones
Asignacion Familiar
Aguinaldos
ISC - IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
Es el impuesto que se aplica solo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, vehículos nuevos
La tasa varia en un porcentaje del 0% al 50%.
IMPUESTO DE VENTA DE ARROZ PILADO
Este se aplica a la primera operación de es te material en el país y a su importación y se fija en 4% sobre la base imponible. Aunque, este producto no es afectado por ciertos tipos de impuestos, como el Impuesto Selectivo al Consumo.
ITF - IMPUESTO DE TRANSACCIONES FINANCIERAS
Es un impuesto que pagas cada vez que realizas operaciones en moneda nacional o extranjera. La tasa de este impuesto es el 0.005% del valor total de la operación que realices
RUS - REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
Este es el pago que hacen las personas que tienen pequeños negocios, siempre y cuando cumplan con los requisitos. Es un monto fijo mensual que sustituye al IGV, al IR y al Impuesto de Promoción Municipal
ITAN - IMPUESTO TEMPORAL A LOS ACTIVOS NETOS
En este caso, los contribuyentes que perciban ingresos por renta de tercera categoría y superen el millón de activos netos, deberán pagar el 0.4% de esa cantidad como impuestos
IMPUESTOS A CASINOS Y TRAGAMONEDAS
Es uno de los tipos de impuestos más específicos pues solo se aplica a personas y empresas que explotan los juegos y máquinas de azar. Ellos deben pagar el 12% de la diferencia entre el ingreso neto y los gastos de mantenimiento
IMPUESTO VEHICULAR
Es el impuesto anual que se aplica a la propiedad de automóviles, camionetas, camiones, buses y omnibuses, con 3 años o menos años de antigüedad a partir de su primera inscripción en (SUNARP). Se pagará al año siguiente de su inscripción. El pago será anual desde el 1ero de enero de cada año por tres años.
Es en línea recta
IMPUESTO AL ALCABALA
Este impuesto se aplica en las transferencias de inmuebles, urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito, más allá de su forma o modalidad. Está sujetos a declarar y pagar tanto el comprado o adquiriente del predio urbano y/o rústico, sin importar su modalidad de adquisición.
TASAS
ARBITRIOS
Los arbitrios municipales son tasas que se pagan por la prestación o el mantenimiento de los servicios públicos. Los encargados del pago de los arbitrios son los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquier título
SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA
SERVICIO DE SERENAZGO
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
DERECHOS
Por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos.
EL PAGO DE DERECHOS PARA OBTENER UNA PARTIDA DE NACIMIENTO O DE UN ASIENTO (FICHA DE REGISTRO).
LICENCIAS
Son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización.
LICENCIAS MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO O LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN.
CONTRIBUCIONES
Son las aportaciones en dinero o en especie a cargo de las personas físicas y morales, para cubrir los gastos públicos, cuando se encuentren en la situación jurídica o de hecho previstas en la ley
SENATI
SENSICO
ESSALUD
Subtopic