EN EL CASO DE RECOBROS POR PARTE DE LAS ENTIDADES
PROMOTORAS DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, LOS
SOPORTES DE LAS FACTURAS POR PARTE DEL PRESTADOR DE
SERVICIOS SERÁN:
EN EL CASO DE RECOBROS POR PARTE DE LAS ENTIDADES
PROMOTORAS DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, LOS
SOPORTES DE LAS FACTURAS POR PARTE DEL PRESTADOR DE
SERVICIOS SERÁN:
2. Servicios ordenados por tutelas cuando se haya ordenado el
cumplimiento al prestador:
b. Fotocopia del fallo de tutela
a. Soportes requeridos en función del tipo de servicio y modalidad de pago
3. Cobros por accidentes de trabajo:
b. Informe patronal de accidente de trabajo (IPAT), o reporte del accidente por el trabajador o por quien lo represente.
a. Soportes requeridos en función del tipo de servicio y modalidad de pago.
1. Medicamentos no POS autorizados por Comité técnico científico:
h. En el caso de medicamentos para pacientes hospitalizados cuando el prestador no haya recibido respuesta de la solicitud antes del egreso del paciente, debe anexar la copia de la solicitu
g. Autorización del Comité Técnico Científico.
f. Recibo de pago compartido. No se requiere en caso de que a la entidad responsable del pago sólo se le facture el valor a pagar por ella.
e. Original de la orden y/o fórmula médica.
d. Fotocopia de la hoja de administración de medicamentos, si se trata de medicamentos hospitalarios.
c. Comprobante de recibido del usuario, si se trata de medicamentos ambulatorios.
b. Detalle de cargos. En el caso de que la factura no lo detalle.