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por MARITZA ACOSTA 5 anos atrás

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LEY 1952 DEL 28/01/2019

La Ley 1952 del 28 de enero de 2019 establece el marco normativo para regular las faltas disciplinarias cometidas tanto dentro como fuera del territorio nacional. Esta ley define qué constituye una falta disciplinaria, ya sea por acción u omisión, y especifica los criterios para determinar la gravedad de dichas faltas.

LEY 1952 DEL 28/01/2019

LEY 1952 DEL 28/01/2019

Factores que determinan la competencia

El territorio donde se cometio la falta
La naturaleza del hecho
Calidad del sujeto disciplinable

Criterios para la graduación de la sanción

Agravantes
Atenuantes

Clasificación y limites de las sanciones

Multa de 5 a 20 días
Multa de 20 a 90 dias
Suspensión en el ejercicio del cargo de 1 a 18 meses
Suspensión en el ejercicio del cargo de 3 a 48 meses
Destitución e inhabilidad general de 5 a 10 años
Destitución e inhabilidad general de 10 a 20 años

Criterios para determinar la gravedad de la falta

Cuando la falta se realice con la intervención de varias personas
Los motivos determinantes del comportamiento
Las modalidades y circunstancias
La trascendencia social
La jerarquía y mando
El grado de perturbacion del servicio
La naturaleza esencial del servicio

La Falta Disciplinaria

puede ser realizada
Culpa
Dolo
Por acción y omision

Causales de exclusión de la responsabilidad disciplinaria

Sujetos Disciplinables
Particulares contemplados en esta ley
Servidores publicios
Con la conviccion de que su conducta no constituye falta disciplinaria
Por miedo insuperable
Por insuperable coacción ajena
Para salvar un derecho propio o ajeno
En cumplimiento de orden legitima
En estricto cumplimiento de un deber constitucional
Por fuerza mayor o caso fortuito

Causales de extinción de la acción disciplinaria

La prescripción de la acción disciplinaria
La muerte del sujeto disciplinable

Clasificación de las Faltas

Leves
Graves
Gravisimas

Función Publica

Garantia de la función pública
Eficacia
Eficiencia
Neutralidad
Economia
Publicidad
Imparcialidad
Lealtad
Honradez
Objetividad
transparencia
Moralidad publica

Ambito de Aplicación

Se aplicara a sus destinatarios
Cuando incurran en falta disciplinaria

Fuera del territorio nacional

Dentro del territorio nacional

Principios y Normas Rectoras

Prevalencia de los principios rectores
Clausula de exclusión
Congruencia
Motivacion
Celeridad
Gratuidad
Cosa juzgada
Derecho a la defensa
Presuncion de inocencia
Investigación integral
Debido proceso
Fines del proceso disciplinario
Culpabilidad
Ilicitud sustancial
Igualdad
Favorabilidad
Proporcionalidad
Fines de la sanción disciplinaria
Legalidad
Poder disciplinario preferente
Reconocimiento de la potestad disciplinaria
Dignidad Humana