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por Iván Gómez Torres 12 meses atrás

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NELSON SALAZAR SÁNCHEZ (Director) Comentarios al Código Penal peruano

El libro presentado por Nelson Salazar Sánchez ofrece un análisis exhaustivo del Código Penal peruano de 1991, interpretado de manera sistemática y teleológica por diversos autores nacionales e internacionales.

NELSON SALAZAR SÁNCHEZ
(Director)
Comentarios al Código Penal peruano

¿Qué buscan?, p21.17.

mantener al delito dentro de los límites tolerables

Sujetos a un control estatal de investigación y represión

No buscan acabar con el delito.

NOTA IGT: supongo porque no se puede

lo cual hace que las normas del Título Preliminar

sean normas de rango constitucional

NELSON SALAZAR SÁNCHEZ (Director) Comentarios al Código Penal peruano

TIEMPO DE VIDA INVERTIDO

2023
07 JULIO

Viernes 07 al Domingo 09

Subtopic

Domingo 09:

Sábado 08:

Viernes 07: 01 hora

Parte General Tomo III § 47 - 105-A

Parte General Tomo II § 20 - 46-E

Parte General Tomo I § 1 - 19

TÍTULO PRELIMINAR
§ X Aplicación supletoria de la ley penal
§ IX Fines de la pena y medidas de seguridad
§ VIII Principio de proporcionalidad
§ VIII Principio de proporcionalidad de las sanciones
§ VII Principio de responsabilidad por el hecho propio y proscripción de responsabilidad objetiva
§ VI Principio de legalidad en la ejecución de la pena
§ V Principio de jurisdiccionalidad de las penas
§ IV Principio de lesividad
§ III Inaplicación de la analogía in malam partem en el Derecho penal
§ II Principio de legalidad
§ I Finalidad del Código Penal

Artículo I.- Finalidad Preventiva

Este Código tiene por objeto la prevención de delitos y faltas como medio protector de la persona humana y de la sociedad.


IV. Bibliografía.

III. Consecuencias del artículo I del Título Preliminar del Código Penal

2. Las leyes penales no pueden tener un carácter pura y exclusivamente simbólico.

1. Se desearía la retribución como único y exclusivo fin de la pena

II. Sentido del artículo I del Título Preliminar

3. La prevención orientada a la protección de la sociedad. la defensa social

2. La prevención orientada a la protección de la persona. El humanismo penal

1. La legislación penal tiene (y debe tender hacia) una función preventiva.

¿Cuáles son las bases de una prevención eficaz?

2. El sentido y límites de la prevención deben obtenerse de las "normas, principios y valores constitucionales vigentes en una sociedad y en un contexto social determinado.", p23.27

El legislador y juez debe tener en cuenta como punto central:

respeto a la dignidad de la persona humana

los valores y principios constitucionales

el desarrollo de su actividad

"Prevención sí, pero no a cualquier precio."

"La lucha contra el delito, indispensable en un Estado de Derecho, solo se legitima si se respetan las pautas valorativas, fijadas en:"

Tratados de Derechos Humanos

la Constitución

1. Se requiere sustento táctico-jurídico, p23.26 -En la tarea legislativa y judicial.

"que garanticen la necesidad e idoneidad de los medios respecto a los fines que se pretenden alcanzar"

Reposa en criterios científicos sólidos, fiables

reposa en "parámetros científicos, sobre una mínima base empírica que tome en cuenta los aportes de la Criminología, Sociología, Psicología y otras ramas afines que ayudan a determinar cuál es la influencia y los efectos que han de esperarse como consecuencia del establecimiento o imposición de una sanción jurídico-penal."

¿De dónde deriva el contenido y límites de la prevención?, p23.25

del ordenamiento jurídico dentro de la sociedad

de las demandas de atención

a la adecuada comprensión acerca de la tarea y función del Dp

a las necesidades sociales

Del respeto de los valores y principios constitucionales

De una visión integral y del conjunto del fenómeno estatal (teoría del Estado)

La dignidad como personas está antes y después de haber cometido el delito, p23.24.

"Prevención no es igual que eliminación o destrucción del delito", p22.23

¿A quién se dirige la prevención?, p22.21

a todos los ciudadanos

reincidentes y habituales

¿Qué busca la prevención? , p21.20.

perseguir el delito de manera integral

Si se tiene que perseguir y castigar un delito: ¿sobre qué base se debe hacer?

se debe eliminar lagunas de punibilidad siempre que exista merecimiento y necesidad de pena.

no se debe fomentar la impunidad

según se trate, una criminalidad de sujetos y grupos poderosos

las consecuencias sociales mas perjudiciales que se generen

p21.20, la gravedad del (p22.20) hecho

La ley penal debe respetar el principio de igualdad

El Dp no debe ser selectivo, pero materialmente lo es

persiguiendo y castigando a personas de estratos sociales y económicos mas bajos, que son más vulnerables al sistema penal.

sin discriminar condición social, raza, sexo o religión de la persona

Disminuir la cifra negra

¿Qué se debe hacer para evitar delitos?, p21.19.

"una prevención adecuada y racional es la que privilegia otros controles sociales o la política social antes que el Derecho penal."

la mejor política criminal presciden del derecho penal

Una adecuada estrategia preventiva que incida en políticas de índole social, económica o educativa.

porque si las causas son estructurales o económicas, la mejor forma de contrarrestar a este es

o colocando obstáculos con tal fin

incidiendo en dichas causas

No se debe crear mas delitos e incrementar penas

"Prevención no es sinónimo de eliminación, sino de evitación o reducción de males.", p21.17. Lo cual es tarea de:

Comunidad, p21.18.

Estado, p21.18.

NO sólo usando el DP

Su obligación es enfrentarlo

Su deber es luchar contra el delito

FUNCIÓN INSTRUMENTAL: perseguir la protección efectiva de bienes jurídicos, p20.16.

ACUERDO EN LA CIENCIA PENAL: Prevenir delitos en la sociedad, p20.16.

NOTAS PREVIAS:

El art. I del TP del CP

Desde una intepretación teleológico-sistemática si bien se precisa "Este código..."; sin embargo debe comprender a todas las disposiciones penales, se encuentren o no codificadas.", p20.12.

Se construye el DP sobre las ideas de prevención y protección (del individuo y la sociedad) dentro del Estado de Derecho, p20.11.

Una consecuencia es que lo contrario está prohibido, es ilegítimo e inconstitucional, p20.13 y 14.

NOTA IGT: ¿porqué no otro tipo de Estado?

Delimita los puntos orientadores y criterios normativo-valorativos sobre los que se construye el sistema penal, p20.11.

Precisa el sentido y finalidad de la codificación penal peruana, p19.11.

I. Generalidades

NOTA IGT:

No podemos dejar de lado que el TP se dirige al legislador y juez, fiscal, y abogados

El Título Preliminar ordena, concentra y expresa principios políticos y jurídicos (no sólo penales), p17 marg 2.

Es importante y trascendente, p19.10:

La interpretación teleológica vinculada a principios y valores del Derecho penal.

La interpretación sistemática entre normas del mismo sistema penal.

"presiden todas las pautas de valoración, configuración y desarrollo del Derecho penal, recorriendo todos sus niveles.", p19.9.

"constituyen normas programáticas y de desarrollo a nivel legislativo, judicial y de ejecución penal, que atraviesan cada una de las instituciones, categorías y normas del Derecho penal sustantivo y procesal.", p18.6.

Tiene conexión directa con (p18.5):

y pilares de un Estado de Derecho

valores y principios constitucionales

son principios que tienen procedencia constitucional y axiomas políticos (principio de legalidad) que buscan: p18.4.

o determinar las bases sobre las que se construye el sistema de las consecuencias jurídicas del delito

principio de proporcionalidad o principio de prohibición de exceso

consagrar los lineamientos básicos de imputación que deben tomarse en cuenta en todos los niveles del sistema penal

- principio de responsabilidad por el hecho propio

garantizar la libertad de los ciudadanos

fija las bases del programa penal, p18.5.

Son principios que tienen procedencia constitucional, p18.4.

Debe orientar la actividad legislativa y judicial, p 18.4.

No busca blindar al legislador porque:

la ley no busca condiciones ideales de actuación, sino solucionar y prevenir los conflictos sociales más graves: los delitos, p18, marg 3.

obedece a necesidades concretas de regulación, p18, marg 3.

Sólo se regula lo indispensable para un Estado de Derecho, p18, marg 3.

No se encuentran todos, p17, marg 3.

José Luis Castillo Alva Abogado de Derecho penal (Perú)

PRESENTACION Nelson Salazar Sánchez

4. El libro contiene "conceptos que son una síntesis de categorías científicos-abstractas y puntos de vista práctico-concretos."
3. Los autores interpretan de forma sistemática y teleológica.
2. Se comenta el Código Penal de 1991 vigente
1. Escriben autores nacionales y extranjeros.