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por REYNA MONTIEL 3 anos atrás

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Organigrama

El contrato de descuento implica que el acreditante pone a disposición del acreditado una suma de dinero a cambio de la transferencia de un crédito futuro. Existen varias formas de descuento, como el descuento cambiario, que se realiza mediante el endoso de títulos de crédito como letras de cambio o pagarés, y el descuento de crédito en libros, que no requiere títulos de crédito firmados por el deudor.

Organigrama

FASES

EL DESCUENTO

Es un contrato de apertura en el que el acreditante pone una suma de dinero a disposición del acreditado, a cambio de la transmisión de un crédito de vencimiento posterior.
DESCUENTO DE CRÉDITO EN LIBROS

Podran ser objeto de descuento, aun cuando no esten amparados por titulos de credito suscritos por el deudor.

DESCUENTO CAMBIARIO

Representados por títulos de crédito, letras de cambio o pagares. se realiza mediante endoso del titulo que hace el descontario a la orden del descontante.

OPERACIONES DE CRÉDITO

CREDITO REFACCIONARIO

Contrato en el que el acreditado se obliga a invertir el importe del credito en la adquisicion de aceros, instrumentos utiles de labranza, abonos, ganado o animales de cria, realizaciones de cultivos, apertura de tierras para cultivo, compra de maquinaria etc.
El refaccionado, el que recibe el credito
El refaccionador, acreditante o banco

GARANTÍA DE CRÉDITO

Con las fincas, construcciones, edificios, maquinaria, con los frutos de la empresa

elementos personales

Subtopic

CREDITO DE HABILITACION O AVIO

Contrato en el que una persona llamada acreditada se obliga a invertir el importe del crédito otorgado por el acreditante, en adquisición de materias primas y materiales, así como pago de jornales, salarios y gastos indispensables para la empresa.
Aviador, el que otorga el credito
Aviado, el que recibe el crédito

GARANTIA DE CREDITO

Con las materias primas y materiales adquiridos y con los frutos o productos o artefactos que se obtengan con el crédito, aunque estos sean a futuro o pendientes

Elementos personales

APERTURA DE CUENTA CORRIENTE

Es el contrato del cual los créditos derivados de las remesas reciprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta y solo el saldo que resulte, constituye un crédito exigible.
consentimiento de las partes

CLAUSURA DE LA CUENTA

Para la liquidación del saldo, debe efectuarse cada seis meses

Termino del contrato al vencimiento del plazo convenido

No requiere formalidad

EFECTOS

Los créditos dejan de ser exigibles individualmente considerados

ETAPAS

DEPOSITO BANCARIO DE TITULOS DE CREDITO
El depositante entrega a una institución bancaria títulos pero sin transferir la propiedad, salvo que por convenio escrito, lo autorice a disponer de ellos.
DEPOSITO BANCARIO DE DINERO
Una persona deposita una cantidad de dinero en moneda nacional, divisas o moneda extranjera en una institución bancaria a la cual le transfiera la propiedad y la obliga a restituir la suma depositada en la misma especie

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

El acreditante pone una suma de dinero o contrae por cuenta de esta una obligación, para que haga uso del crédito concedido en la forma y términos pactados.
El acreditado hace uso del credito concedido, quedando obligado a restituir las sumas de que disponga o cubrirlo oportunamente o en todo caso pagar los intereses, comisiones, gastos, etc.

CREDITO

Es aquel por medio del cual una persona llamada acreditante, se obliga a poner a disposición de otra llamado acreditado, una suma de dinero.
OPERACIÓN DE CREDITO

Tener una garantía de cobro a través de un documento legal, se señala el pago de una deuda adquirida de forma voluntaria, derivado de una relación entre dos personas.