INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y SUS ORGANISMOS
Art. 60.-Instituciones educativas binacionales
Son aquellas instituciones educativas particulares que, mediante acuerdo, convenio u otra figura legal suscrita entre ellas y el Estado con que se hallan vinculados, obtienen la facultad de brindar una educación binacional
Art. 58.-Deberes y obligaciones de las instituciones educativas particulares
n. Proporcionar un mínimo de becas
m. Cumplir con sus obligaciones patronales
i. Participar en el circuito educativo correspondiente
f. Construcción de códigos de convivencia
d. Respetar los derechos de las personas y excluir toda forma de abuso
b. Cumplir las medidas de protección
a. Garantizar la utilización de medidas de acción afirmativa
Art. 57.-Derechos de las instituciones educativas particulares
i. Acceder a convenios de cooperación interinstitucional
h. Articularse con otros centros educativos
g. Elegir a sus directivos y autoridades
d. Ser evaluados de manera integral
b. Organizarse de acuerdo con sus estatutos y reglamentos
a. Cobrar las pensiones y matrículas
Art. 56.-Instituciones educativas particulares
Están constituidas y administradas por personas naturales o jurídicas de derecho privado
La educación en estas instituciones puede ser confesional o laica.
Están autorizadas a cobrar pensiones y matriculas, no tendrán como finalidad principal el lucro
Art. 55.-Instituciones educativas fiscomisionales
La Autoridad Educativa Nacional regulará el pago de los servicios educativos
Son de carácter religioso
o laica, de derecho privado y sin fines de lucro, garantizando una educación gratuita y de calidad.
Aquellas cuyos promotores son congregaciones, órdenes o cualquiera otra denominación confesional o laica.
Art. 54.-Instituciones educativas públicas
La comunidad tiene derecho a la utilización responsable de las instalaciones y serviciosma
Su educación es laica y gratuita para el beneficiario.
Las instituciones educativas públicas son: fiscales o municipales, de fuerzas armadas o policiales.
Art. 53.-Tipos de instituciones
Pueden ser públicas, municipales, fiscomisionales y particulares