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por Anayeli Inoñan valdera 3 anos atrás

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REGIMEN DE EMPRESAS INDIVIDUALES

Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) son entidades jurídicas que se crean mediante escritura pública y deben ser inscritas en los Registros Públicos. Una EIRL está conformada por una persona natural y posee un patrimonio propio distinto al de su titular.

REGIMEN DE EMPRESAS INDIVIDUALES

REGIMEN DE EMPRESAS INDIVIDUALES

ABORDANDO A LA EIRL

II. DESARROLLO DEL TEMA
10. LA QUIEBRA

Es la situación jurídica en la cual se sitúa la EIRL cuando no puede cumplir con sus obligaciones y definitivamente no las cumplirá por quedarse absolutamente sin patrimonio

9. LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA EIRL

Es el acto que da inicio a la liquidación de la EIRL para su posterior extinción, la cual se da como resultado de la decisión del Titular

8. FUSIÓN

Es la operación compleja mediante la cual, dos o más personas jurídicas concentran sus patrimonios con la finalidad de formar una sola persona jurídica

7. TRANSFORMACIÓN

Se debe cumplir ciertas formalidades legales debe haberse publicado por 3 veces consecutivas el acuerdo de transformación para poder elevarse a Escritura Pública

Se debe considerar desde dos puntos de vista, de sociedad a EIRL y viceversa

6. LAS SUCURSALES

Son instauraciones secundarias no eventuales que la EIRL, podrá desarrollar actividades comprendidas dentro de su objeto que se encuentran en un lugar distinto al domicilio de la persona jurídica

El único facultado para poder establecer sucursales es el Titular.

5. LA DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS

Es obligación del Gerente mostrar y entregar al Titular el Balance General de la EIRL, a través de un informe donde se establezca la propuesta de repartición de beneficios existentes

4. MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN

Es el Titular como órgano supremo de la misma porque es quien ejerce las facultades de disposición que puede modificarla

3. ÓRGANOS DE LA EIRL

son el Titular y la Gerencia.

2. LOS APORTES

Se prohíbe de manera expresa el aporte que tenga carácter de inversión extranjera directa.

Constituyen los bienes dinerarios o no dinerarios susceptible de valorización económica

1. CONSTITUCIÓN

Solamente las personas naturales pueden constituir o ser Titulares de la EIRL

se diferencia de manera sustancial de las Sociedades por su forma de constitución

I. CONSIDERACIONES PREVIAS
La limitación de la responsabilidad del empresario individual es una de las principales características de la EIRL, el cual fue un tema tratado con gran énfasis por la doctrina mundial

LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CONSTITUCION Y TRANSFORMACIÓN

TRANSFORMACIÓN DE UNA EIRL EN UNA SOCIEDAD
procedimiento que se debe seguir

5. Inscripción de la decisión

4. Escritura pública de transformación

3. Publicación de la decisión

2. Reserva de la denominación

1. Decisión del titular

Sus órganos internos son:
2. La gerencia

cuenta con las siguientes competencias

- Ejercer las demás atribuciones que le señale la ley o le confiere el titular.

- Dar cuenta periódicamente al titular de su marcha.

- Cuidar de su contabilidad y formular las cuentas y el balance

- Realizar los actos y celebrar los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto

- Representarla judicial y extra judicialmente

- Organizar su régimen interno

1. El titular

Se ha establecido asi

- Decidir sobre los demás asuntos que requiere el interés de la empresa o que la ley determine.

- Transformar, fusionar, disolver y liquidar la empresa.

- Aumentar o disminuir el capital.

-Modificar la denominación, el objeto y el domicilio de la EIR

- Modificar la escritura de constitución.

- Disponer investigaciones, auditorías y balances

- Designar y sustituir a los gerentes y liquidadores

- Resolver sobre la formación de reservas facultativas.

- Disponer la aplicación de los beneficios, observando las disposiciones legales; en particular en lo referente a la participación de los trabajadores.

- Aprobar o desaprobar las cuentas y el balance general de cada ejercicio económico.

Sus aportes para la constitución de son:
b) Aportes no dinerarios

específicamente hablando de bienes muebles e inmuebles, ellos deben ser previamente valorizados por el aportante

a) Aportes dinerarios

se debe realizar a través de un depósito en algún banco a nombre de la EIRL

Se constituye
con el otorgamiento de la escritura pública necesariamente tiene que ser una persona natural, y culmina con la inscripción de esta en los Registros Públicos.
Es una persona jurídica con patrimonio propio distinto al de su titular, de actividades económicas de pequeñas empresas.