ADQUISICION DE DERECHOS REALES ¿COMO SE ADQUIERE UN DERECHO REAL?

ADQUISICION DE DERECHOS REALES ¿COMO SE ADQUIERE UN DERECHO REAL?

PUBLICIDAD REGISTRAL

PUBLICIDAD REGISTRAL

SI EL DERECHO REAL NO TIENE PUBLICIDAD SUFICIENTE SERA INOPONIBLE

Se considera publicidad suficiente la inscripción registral o la posesoria

Art. 1893. INOPONIBILIDAD: “…no son oponibles a terceros interesados de buena fe mientras no tengan una publicidad suficiente.

PARA QUE EL DERECHO REAL SEA OPONIBLE

TIPOS DE PUBLICIDAD

POSESORIA

Cuando alguna persona, por sí o por otro, tenga una cosa bajo su poder, con intención de someterla al ejercicio de un derecho

Cuando alguna persona, por sí o por otro, tenga una cosa bajo su poder, con intención de someterla al ejercicio de un derecho de propiedad. Ejemplo: utilizar mi celular.

REGISTRAL

Es aquella publicidad jurídica que se obtiene por medio del órgano específico denominado registro.

REGISTRO DE INCRIPCION CONSTITUTIVA

REGISTRO DE INCRIPCION CONSTITUTIVA

-Registro del automotor (decreto ley 6582/58 ratificado por ley 14.467 y sus modificación)

-Registro de equinos de pura sangre de carrera ( ley 20.378)

-Registro de animales de pedigrí o pura raza ( ley 22.939)

Es necesaria la inscripción para que nazca el derecho real.

REGISTRO DE INCRIPCIÓN DECLARATIVA

REGISTRO DE INCRIPCIÓN DECLARATIVA

la inscripción registral es a los fines de la oponibilidad del derecho real publicitado a terceros.

Registro de la propiedad inmueble.(Ley 17.801)

-Registro Nacional de aeronaves (Ley 17.285)

-Registro Nacional de buques. Ley 20.094 de Navegación: buques de más de 10 toneladas)

CLASES DE PUBLICIDAD

REGISTRO DE HECHOS

REGISTRO DE HECHOS

Como su título indica, aquí se registran hechos. Por ejemplo, el Registro Civil y de Capacidad de las personas, cuando inscribe el nacimiento o fallecimiento de una persona

REGISTRO DE ACTOS Y CONTRATOS

REGISTRO DE ACTOS Y CONTRATOS

El acto jurídico o contrato no existen si no se celebran en el registro en el cual quedan incorporados. Ejemplo el Matrimonio

REGISTRO DE DOCUMENTOS

REGISTRO DE DOCUMENTOS

Son una variedad de registro de hechos. Por documento se entiende una cosa mueble representativa de un hecho (se registra una cosa que contiene un hecho). Ejemplo : Testamento

REGISTRO DE TÍTULOS

REGISTRO DE TÍTULOS

Son una variedad del registro de actos y contratos.

A diferencia de los registros de actos y contratos, en este tipo de registros la voluntad es expresada fuera del mismo, ya que ésta, se ha manifestado ante otro funcionario (escribano o juez), que es el encargado de realizar el examen de legalidad.
En conclusión, el acto o contrato ingresa en el registro incorporado a un documento.

CLASIFICACIÓN DE REGISTROS SEGÚN SU NATURALEZA Y FINALIDAD

PERSONALES

Tienen en miras al sujeto (persona física o jurídica) y no al objeto de la registración. Por ejemplo: Registro Civil y de Capacidad de las Personas.

De transcripción, enlegajamiento inscripción

DE INCORPORACIÓN

instrumentos se incorporan a un legajo. (automotor, sociedades)

INCRIPCIÓN

El asiento se practica realizando un extracto de las constancias que, según la ley, deben ser publicadas. Por ejemplo: Registro de la Propiedad Inmobiliaria.

DE TRANSCRIPCIÓN

Como su título indica, el documento se transcribe de forma integra. Es propio de los registros de documentos. En nuestro derecho se aplica al Registro de Mandatos.

REALES

Estos registran cosas, las cuales pueden ser muebles o inmuebles.
Muebles: Registro del automotor
Inmuebles: Registro de la propiedad raíz

Teoría del MODO Y TITULO SUFICIENTE

MODOS ORIGINARIOS

EJEMPLO : LEVANTO DEL SUELO Y GUARDO UNA PIEDRA DEL LAGO EL NIHUIL

EJEMPLO : LEVANTO DEL SUELO Y GUARDO UNA PIEDRA DEL LAGO EL NIHUIL

LA ADQUISICION NO DEPENDE DE UN TITULO ANTERIOS, LO ADQUIERO LIBRE DE CARGAS Y GRAVEMENES

MODOS DERIVADOS

MORTIS CAUSA

MORTIS CAUSA

EJEMPLO : CUANDO FALLECE UNA PERSONA

SE RIGEN POR EL DERECHO SUCESORIO

ENTRE VIVOS

ENTRE VIVOS

SIEMPRE REQUIEREN UN NEGOCIO JURÍDICO QUE SEA APTO PARA CONSTRUIR , TRASMITIR , MODIFICAR O EXTINGUIR UN DERECHO REAL

REGLA GENERAL : ART 399 " NADIE PUEDE TRASMITIR A OTRO UN DERECHO MEJOR O MAS EXTENSO QUE EL QUE TIENE, SIN PERJUICIO DE LAS EXCEPCIONES LEGALMENTE DISPUESTAS".

¿ CUANDO ADQUIERO DERECHO REAL PARA TEORIA DEL TÍTULO Y MODO ?

CUANDO REÚNO

TITULO SUFICIENTE

Se entiende por titulo suficiente el acto revestido de las formas establecidas por la ley , que tiene por finalidad trasmitir o constituir el derecho real... Para que el titulo sea suficiente para adquirir un derecho real , sus otorgantes deben ser capaces y estar legitimados

REQUISITOS

REQUISITOS

OBJETIVOS

FINALIDAD

FORMA

SUBJETIVOS

LEGITMACIÓN

CAPACIDAD

¿ QUE PASA SI FALTA ALGUNO DE LOS ELEMENTOS SUBJETIVOS O OBJETIVOS?

¿ QUE PASA SI FALTA ALGUNO DE LOS ELEMENTOS SUBJETIVOS O OBJETIVOS?

HABRÁ JUSTO TÍTULO

NO ES TITULO SUFICIENTE , PORQUE LE FALTA UNO DE LOS ELEMENTOS SUBJETIVOS

PERO OJO!! QUIEN TIENE JUSTO TITULO + PRESCRIPCION BREVE ADQUIERE POR USUCAPION

BOLETO DE COMPRA VENTA

BOLETO DE COMPRA VENTA

¿ES TÍTULO SUFICIENTE?

CLARO QUE NO !! LE FALTA REQUISITO FORMA

ME SIRVE PARA INICIAR ACCIONES PERSONALES POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO O ACCION PARA ESCRITURAR O LA ENTREGA DE LA COSA

ME SIRVE PARA ACREDITAR EL ANIMUS , PARA PROBAR FECHA CIERTA , PARA PROBAR LA EXTINCIÓN DEL OBJETO POSEÍDO

MODO SUFICENTE

ES AQUEL QUE UNIDO AL TÍTULO SUFICIENTE HACE ADQUIRIR NO SOLO EL DOMINIO SINO TAMBIEN TODOS LOS DERECHOS REALES QUE EJERCEN POR LA POSESÍON

LA TRADICION TRASLATIVA TIENE LUGAR CUANDO EL TRADENS ( QUE DEBE SER TÍTULAR Y CAPAZ ) ENTREGA LA COSA AL ACCIPIENS ( QUE DEBE SER CAPAZ )QUIEN RECIBE LA ENTREGA DE LA COSA

EJEMPLOS : Quien entrega la llave que efectivamente abre la puerta , que el que tradita saque sus pertenencias y el que la adquiere ingrese las suyas

EXCEPCIONES POR TIPO DE COSA

INCRIPCION REGISTRO CONSTITUTIVO

INCRIPCION REGISTRO CONSTITUTIVO

EL MODO ES LA INCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

EL DERECHO REAL NACE CON LA INCRIPCIÓN

INCRIPCION REGISTRO DECLARATIVOS

INCRIPCION REGISTRO DECLARATIVOS

REQUISITOS

LA COSA DEBE ESTAR VACUA (LIBRE DE OCUPANTES QUE SE OPONGAN A LA TRADICIÓN)

LA COSA DEBE ESTAR VACUA (LIBRE DE OCUPANTES QUE SE OPONGAN A LA TRADICIÓN)

REALIZADA EN BASE A UN TÌTULO SUFICIENTE

REALIZADA EN BASE A UN TÌTULO SUFICIENTE

CAPACIDAD DE AMBAS PARTES

CAPACIDAD DE AMBAS PARTES

ACTOS MATERIALES DEL QUE VENDE O ENTREGA

ACTOS MATERIALES DEL QUE VENDE O ENTREGA

INCRIPCION REGISTRALES MODO SUFICIENTE PARA TRASMITIR O CONSTITUIR DERECHOS REALES SOBRE COSAS REGISTRABLES EN LOS CASOS LEGA

INCRIPCION REGISTRALES MODO SUFICIENTE PARA TRASMITIR O CONSTITUIR DERECHOS REALES SOBRE COSAS REGISTRABLES EN LOS CASOS LEGALMENTE PREVISTOS