CASO
Juan Pablo González Pombo, se acerca a su oficina de abogado y le expone el siguiente caso: Ingrese a laborar el 2 de octubre de 2019 a la empresa RIAÑO PRODUCCIONES S.A.S. mediante un contrato a término fijo de 3 meses cuyo vencimiento lo era hasta el día 1 de enero de 2020. El salario pactado con mi empleador, fue de $1.200.000. El pasado 20 de marzo de 2020 la empresa tomo la decisión unilateral de dar por terminado mi contrato, aduciendo como causal de terminación la pandemia generada por el COVID 19. Al día de hoy, la empresa no me ha cancelado el valor correspondiente a las Cesantías, intereses a las cesantías, Primas de servicio y Vacaciones generadas en vigencia de la relación laboral y no sé si tengo derecho a alguna indemnización por terminación del contrato por parte de la empresa.
Soluciòn
Tipo de Contrato del trabajador
Termino Fijo
Se caracteriza por tener una fecha de inicio y de terminación que no puede superar 3 años. “Puede ser prorrogado indefinidamente cuando su vigencia sea superior a un (1) año, o cuando siendo inferior, se haya prorrogado hasta por tres (3) veces”.
Primer Indemnización por la prorroga de 3 meses al empleado.
Se procede a 11 días de Indemnización
Liquidación de Contrato
Terminación del Contrato el día 20 de marzo
Primer prorroga se cumplió el 1 de abril - 3 meses de la primer prorroga
Prestaciones Sociales
Cesantias
Cesantias
Intereses de las Cesantias
Vacaciones
Prima de Servicio
Forma de Liquidacion
Días a liquidar 169 debido a cambios sujetos a los subsidios de transporte lo cuales varían cada año
2019
89 días a liquidar
2020
80 días a liquidar
Al trabajador se le deben liquidar 189 dias por el contrato por el cual esta suscrito con la compañía, teniendo como base el Articulo 46. Código sustantivo del trabajo
Tipo de Contrato
Contrato a Termino Fijo
Es un contrato que se realiza para una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin.
Diferencias entre el contrato a termino fijo y contrato a termino indefinido es la desvinculación del trabajador, diferencia que otorga el contrato a termino fijo el cual esta abierto a renovaciones por parte la compañía y el indefinido es contrato sin renovaciones.
Obligaciones del contrato
Contrato Termino Fijo
Pagar el salario pactado en la fecha acordada.
Afiliar al trabajador al sistema de seguridad social.
Otorgar las vacaciones y descansos remunerados.
Brindar al trabajador las herramientas y equipos necesarios para realizar su trabajo.
Indemnizar al trabajador en caso de despido sin justa causa.
Contrato a Termino Indefinido
Mismas obligaciones del contrato a término fijo.
No dar por terminado el contrato sin justa causa.
En caso de despido sin justa causa, pagar una indemnización al trabajador.
En el contrato a término fijo, la no renovación no requiere justificación, mientras que en el contrato a término indefinido, el despido debe estar justificado por una justa causa.
La indemnización por despido en un contrato a término fijo es menor que la de un contrato a término indefinido.