Justicia Indigena

etnicidad.Inc

el proceso de mercantilización de la cultura y la
transformación empresarial de la identidad en el que
aquél está inserto

etnicidad.gov

Es la
juridización de los reclamos colectivos sobre la autodeterminación,
la identidad cultural, las reparaciones históricas,
los territorios y los recursos naturales; reclamos
elevados por los pueblos indígenas, las comunidades
afrodescendientes y otros grupos étnicos, tanto en Amé-
rica

Justicia Etnico-Racial en america latina

Justicia Afro

La penalizacion individual

Derecho penal

El rascismo como crimen

legislaciones de Amerca latina penalizan la discrimi

Ineficacia

Reparaciones estructurales

Acciones afirmativas

Los derechos territoriales

Enfoques sobre los derechos

Liberalismo
integracionista

Libertad/igualdad formal

Prohibición de discriminación

Convenio 107 OIT,
constituciones nacionales

Multiculturalismo
hegemónico

Diversidad/igualdad formal

Consulta no vinculante, penalización del racismo

Constituciones
multiculturales, Convenio
169 OIT (interpretación
restrictiva)

Multiculturalismo
contrahegemónico

Diversidad/igualdad material

Consentimiento previo, acciones afirmativas

Declaración derechos indígenas ONU;
Declaración de Durban; jurisprudencia (CIDH,
Colombia, Brasil); constituciones pluriculturales
(Bolivia, Ecuador); Convenio 169 (interpretación
expansiva)

Debate Consulta y Consentimiento

Consulta

Aunque es un medio para garantizar la participacion indigena este no es vinculante en todos los casos.

Consentimiento

El consentimiento obliga a ue sin el consentimiento de los pueblo indigenas el uso de sus tierras o sus recursos no sea permitido, garantizando la autonomia y el autogobierno

Convenio 169 OIT

Reconocimiento ante la
normatividad internacional

Denominación como "pueblos"

Al denominar a los indígenas como pueblos se les reconoce
como sujetos colectivos ante la normatividad internacional

Se abandona la concepción
paternalista del convenio 107

Ahora se reconoce la diferencia

Son sujetos activos para participar en elaboración de políticas que los afecten

-Deben ser consultados
-Deben realizarse estudios previos
-Sus miembros deben ser formados para
participar en a elaboración
-Cooperación en temas de salud

Criterios para determinar
quienes son indigenas

Conservar sus propias instituciones sociales, económicas,
culturales y políticas, o parte de ellas.

Consciencia de identidad: Considerarse diferentes

Relación con el medio ambiente

Pueblos indígenas deben ser consultados cuando
cuando se vayan a explotar recursos naturales en sus territorios, podrán participar de las ganancias, por regla general no podrán ser removidos para realizar la explotación, y cuando lo sean tendrán derecho a regresar ya a que su reubicación sea en un territorio con las mismas características

Declaración de las naciones unidas sobre
los derechos de los pueblos indígenas

Derechos individuales y colectivos

Gozan, al igual que las demás personas, de todos los derechos humanos

Derechos colectivos:
-Vivir en paz como pueblo diferente
-No ser objeto de etnocidio y genocidio cultural
-Manteber y desarrollar sus propias características e identidades

Derechos específicos:
-No discriminación desfavorable
-Compartir entre la familia y la comunidad la crianza de los hijos
-A practicar y revitalizar sus costumbres y tradiciones
-Transmitir su cultura
-Restitución de tierras

Reivindicaciones específicaas

Desmilitarización de sus territorios

Derecho a la "autodeterminación"

Derecho a no ser desplazados y a
protección especial en momentos
de conflicto armado