Es un organismo independiente de la Corte Suprema de Justicia que desde 1990 ejerce la función de control constitucional.
Se le confía la guarda de la supremacía e integridad de la Constitución.
Se crea la Corte Constitucional.
Es la Carta Magna de la República de Colombia. Esta Constitución se destaca principalmente por haber reemplazado a la antigua Constitución de 1886 y por ser protectora de los Derechos Humanos.
La nueva Constitución Política introdujo en el Sistema Jurídico Colombiano, lo siguiente:
El período presidencial seguirá teniendo un tiempo de duración de cuatro años.
Colombia reafirma su condición de Estado unitario, tiene un gobierno descentralizado y con cierta autonomía de sus entidades territoriales.
Órgano acusador dentro del poder judicial.
Se establece un sistema penal con la Fiscalía General de la Nación.
Acción de tutela y derecho de petición
Se instituyen como un mecanismo libre y efectivo para que los ciudadanos por medio de este puedan hacer cumplir, respetar y valer sus derechos fundamentales.
Se tiene en cuenta el artículo 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos proclamada en París-Francia el 10 de diciembre de 1948.
Nuevos derechos
Colombia al contar con un estatus de Estado Social de Derecho debía desarrollar varios y nuevos derechos en beneficio de la población.
Incluye un listado de derechos económicos, sociales y culturales. Cuentan con un carácter programático, pueden llegar a ser de aplicación inmediata.
Se convierte en un Estado Social de Derecho.
Estado de Sitio
Se elimina este estado y es reemplazado por el estado de exepción.
En caso de conmoción interna o guerra exterior se puede hacer uso de este estado por medio de una orden presidencial.
Reconocimiento
Se reconoce la diversidad étnica y cultural que hay en el país.
Admite la diversidad lingüística y religiosa.
El Estado tiene la obligación de proteger estos derechos.
Se toman en cuenta los artículos 7, 8, 10 y 72 de la Constitución Política.