Culpabilidad: teorías, elementos y perspectivas Presentado por: Paula Plata, Luis Pino y Yury Llanos
Efectos jurídicos de inimputabilidad
Esta trae aparejada la inculpabilidad de la conducta antijurídica
Dentro del juicio criminal la persona procesada o formalizada se sobresee, pues concurre causal de exención.
Tiempo de la inimputabilidad
Para que excluya la culpabilidad es preciso que concurra en el momento de ejecutarse la acción típica.
Se exceptúan las llamadas personas liberae in causa, casos en los cuales al momento de ejecutar la conducta típica, el autor se haya en una situación de inimputabilidad que el mismo se ha provocado, sea en forma voluntaria o culposa (imprudente o negligentemente).
Ej. cuando una persona bebe hasta perder el control de sus actos, para darse ánimos y cometer un homicidio que sobrio sería incapaz de realizarlo (la opinión dominante la considera un problema ya superado).
Causales de inimputabilidad
se pueden clasificar en dos grandes grupos:
Los que encuadran su origen en un trastorno mental de carácter patológico o accidental (privación temporal de la razón).
falta de salud mental y trastornos mentales
art. 33 del código penal
es una disfunción o anomalía mental lo suficientemente severa como para impedir a la persona, comprender la ilicitud de su conducta
Los que se fundan en un desarrollo insuficiente de la personalidad, falta de madurez por menor edad.
Subtópico
inmadurez psicológica
corresponde a la falta de maduración global, severa y perfectamente insaturada, que cobija una o varias áreas de la personalidad del sujeto y que explícitamente impidió, en el momento de cometer su acción, obrar con pleno conocimiento de causa y con libre capacidad de autodeterminación
enfermedades mentales propiamente tales:
Endógenas o congénitas
esquizofrenia
división o escisión de la personalidad, fabricándose un mundo irreal, llegando incluso al autismo.
paranoia
la persona padece de grandes y graves delirios imaginarios, ej. delirio mesiánico (Hitler), clerofobia.
psicosis maníaco-depresiva
una sola enfermedad con dos fases, maníaco, el individuo furioso y depresiva, angustia, ansiedad.
epilepsia
enfermedad mental grave, afecta el sistema nervioso, caracterizado por convulsiones e inconsciencia.
exógenas
demencia senil
trastornos mentales por toxicidad o infecciosas
No se refieren a estados pasajeros de trastorno mental que algunas sustancias producen, sino una alteración permanente de la salud mental como consecuencia del uso prolongado de sustancias tóxicas.
Están aquí: dipsomanía y delirium tremens (éste último la jurisprudencia señala que sería imputable).
deficiencias o anomalías mentales
oligrofrenias
Idiotas, menor de 4 años de edad mental.
Imbéciles, entre 4 y 8 años de edad mental.
retardo mental
síndrome de down
Trastornos psicotraumáticos
repercusiones físicas de fenómenos predelictuales síquicos
Demencias, siempre que sus efectos sean suficientemente profundos.
Psicópatas, ej. cleptómano
sociópatas
privatización temporal de razón
Las principales causas que determinan la privación temporal de razón son:
el sueño y los estados afines
sueño propiamente tal, sus movimientos no están guiados por la razón
"embriaguez del sueño", se produce inmediatamente antes y después del sueño en personas de sueño profundo, temperamento nervioso o bajo tensión emocional.
sonambulismo, estado anormal de sueño, el sujeto ejecuta actos corrientes de la vida de relación, sin conciencia de ello y sin recordarlos al despertar.
el hipnotismo
El sujeto si bien conserva su inteligencia, actúa sometido a la voluntad de otra persona, el hipnotizador. la persona sería un vehículo.
embriaguez y otras intoxicaciones
Se trata de trastornos temporales, debidos a la ingestión aislada u ocasional de algunas sustancia.
Embriaguez, la responsabilidad penal del ebrio se encuentra determinada por dos factores:
voluntariedad de la causa
tipos de ebriedades
ebriedad voluntaria, se ingiere consciente y libremente.
ebriedad forzada, se es coaccionado física o moralmente a ingerirlo
ebriedad fortuita, cuando la persona bebe sin conocer la naturaleza o propiedad de la bebida.
ebriedad culpable, el individuo no obstante conocer el efecto del alcohol, no busca embriagarse pero se embriaga.
la intensidad de la privatización de razón
se distingue entre el estado de excitación o euforia, el de embriaguez incompleta, el de embriaguez plena y el de embriaguez comatosa. se admite que los 2 últimos estados producen privación total de razón.
menores de edad
Se refiere a esto a los menores de dieciocho (18) años, quienes estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes.
concepto
Se refiere a la conducta exteriorizada del autor o agente y la persona cuando ejecuta esta acción tiene que ser libre y soberana en su determinación.
El estudio de la culpabilidad se orienta en los tiempos modernos hacia la solución de 2 cuestiones fundamentales:
1. Hasta qué punto puede decirse que un hecho pertenece subjetivamente a una persona.
2. Hasta qué punto el derecho puede reprochar a esa persona la realización de ese hecho.
Consecuencias que se infieren de la culpabilidad
Sería una de las bases de la pena.
Existiría una especie de rechazo a las presunciones de culpabilidad
Se rechazarían los delitos calificados por resultados
Teorías sobre la culpabilidad
Teoría Psicológica:
Es la teoría tradicional, estuvo en zaga en el siglo XIX y principios del XX.
El adjetivo culposo (culpabilidad) designa en general la circunstancia de que una acción se haya realizado con dolo o con culpa.
Nos dice que existe culpabilidad cuando el autor de un hecho antijurídico lo realizó con dolo (dolosamente) o con culpa (culposamente).
Para ellos la culpabilidad radica en una relación psicológica entre el individuo y el acto.
Teoría normativa:
La culpabilidad viene a ser, la reprochabilidad de una conducta típica y antijurídica, dada sobre 3 factores: Imputabilidad (capacidad penal), vínculo Psicológico (dolo o culpa), motivación normal (exigibilidad).
Para esta teoría, no basta con afirmar la vinculación psicológica entre el sujeto y su acción (dolo o culpa), sino que es preciso indagar los motivos que llevaron al sujeto a realizar tal acción, analizando comprensivamente todas las circunstancias del caso.
Esencia de culpabilidad:l
Dentro de esta posición, es posible que la culpabilidad radica esencialmente en la voluntad (dolo o culpa), revestida de determinadas formas o requisitos
Para los finalistas, entre ellos Welzel, la culpabilidad presupone una doble relación:
1. Que debe tratarse de una acción contraria a derecho.
2. Dicen que el autor pueda haber actuado conforme a la norma.
Reconoce formas de culpabilidad como es el dolo y culpa.
la imputabilidad
Imputabilidad en términos amplios es la posibilidad de atribuir a alguien. (atribución psicológica).
En Derecho Penal Imputabilidad es la posibilidad de realizar actos culpables (Etcheberry).
Las personas que pueden realizarlo se llaman imputables, las que no, Inimputables.
fundamento de la imputabilidad
Para la escuela clásica
el fundamento radica en la libertad moral (Carrara), así quienes carecen de inteligencia y libertad no pueden ser culpables y no deben ser sometidos a la sanción penal.
Para la escuela positiva
fundamenta la responsabilidad en la peligrosidad (niegan la libertad moral) y se refieren al individuo peligroso o no peligroso, ya que para ellos prima el determinismo.
Formas y teorías que se refieren a la imputabilidad
Fórmulas o sistemas psiquiátricos
Ejemplo: códigos clásicos y código penal colombiano
Ofrece ventajas prácticas por que precisan de manera exacta los casos en que la inimputabilidad ha de ser declarada, pero limitan exageradamente las facultades de apreciación de la magistratura.
atribuyen a ciertos estados patológicos, de alteración o inmadurez, taxativamente enumeradas en la ley, la consecuencia de excluir la imputabilidad
Fórmulas psicológicas
no alude a la enfermedad sino que señala las consecuencias que produce la enfermedad mental.
Describen la situación psíquica que fundamenta la inimputabilidad del sujeto
la incapacidad para comprender la significación antijurídica del acto o dejarse determinar por ella.
El individuo no comprendería el significado de su comportamiento y por esto no es capaz de autorealizarse.
Fórmula sociológica
debe estudiarse la personalidad del sujeto, de acuerdo al medio social y cultural en que nació y en que desarrolla su vida.
se determina así por ej. que son inimputables quienes no logran adecuar su comportamiento al patrón social cultural predominante y que procede de un ambiente distinto.
Ejemplo: los indígenas o las personas que pertenecen a otras etnias, dentro de las cuales se estipulan una variedad de tradiciones que desvinculan los protocolos sociales.
Criterio jurídico
en última instancia es el juez quien debe valorar quienes son inimputables independientemente de las causales y de los efectos que existan.
Fórmulas mixtas
describen los estados que dan origen a la inimputabilidad, pero también exigen del juez una investigación sobre la existencia efectiva de la incapacidad para comprender y autodeterminarse.
Criterios adoptados por el código penal
Para algunos adoptaría la teoría psiquiátrica, pues habla de ”Inmadurez psicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural y estados similares ".
Para otros seguiría la teoría mixta ya que habla de ”incapacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión", pues sería un efecto de la enfermedad (Cury).