DELITOS CONTRA EL HONOR
La falsa imputación de un delito o el señalamiento aun verdadero de hechos inmorales, así como las expresiones ofensivas o denigrantes para las personas, resultan ser una vulneración a aquel sentimiento y percepción de honor a la que se ha hecho referencia.
CALUMNIA
ARTICULO 159 CODIGO PENAL
ELEMENTOS
•Imputación falsa de un delito que dan lugar a procedimiento de oficio.
•Si el autor esta imputando el delito a otra persona con la voluntad de producirle daños y perjuicios.
•Imputación de un delito a otra persona conociendo que todo lo imputado es falso.
•Dolo eventual.
SANCIONES
•Prisión de cuatro meses a dos años.
•Multa de cincuenta a doscientos quetzales.
EXCEPCIONES
Articulo 160 CODIGO PENAL: el acusado de calumnia quedará excepto de toda responsabilidad penal probando toda la veracidad de lo imputado.
EJEMPLO: una persona imputa el robo de un reloj que estaba en su casa a la empleada doméstica, sabiendo que el día que se produjo el robo, la empleada no estaba en su casa.
PUBLICACIÓN DE OFENSAS
ARTICULO 165 CODIGO PENAL
ELEMENTOS
•Reprodujere por cualquier medio, injurias o calumnias inferidas por otro.
•No es un delito aparte, sino integrante de las ofensas mismas que se trate.
SANCIONES
•Sancionado como autor de las injurias o calumnias
•Prisión de dos a cinco años
EXCEPCIONES
ARTICULO 166 CODIGO PENAL
•Siempre que no haya obrado por interés o con ánimo de perjudicar al sujeto pasivo.
•Manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.
•Expresare su juicio sobre la capacidad, instrucción, aptitud o conducta de otra persona.
MODOS DE COMISIÓN
ARTICULO 167 CODIGO PENAL
Comete el delito de calumnia, injuria y/o difamación:
•Por alegorías
•Dibujos
•Caricaturas
•Fotografías
•Emblemas
•Alusiones
INJURIA
ARTICULO 161 CODIGO PENAL
ELEMENTOS
•imputación de hechos o manifestación de opiniones que atenten contra la dignidad.
•Cometida por medio de expresiones verbales o escritas
•Causar una ofensa al sujeto pasivo
SANCIONES
•Prisión de dos meses a un año
EXCEPCIÓN
ARTÍCULO 163 CODIGO PENAL
INJURIAS PROVOCADAS O RECIPROCAS: cuando las injurias fueran provocadas o reciprocas, el tribunal podrá, según las circunstancias, eximir de responsabilidad penal a las dos partes o a alguna de ellas.
DIFAMACIÓN
ARTICULO 164
ELEMENTOS
•divulgación de las calumnias o injurias
•Por medio de cualquier medio que se haga llegar la ofensa al círculo social del sujeto pasivo.
•Generando odio o descrédito, dañando el honor y dignidad del ofendido.
SANCIONES
•Prisión de dos a cinco años.