EL MEDIO TEMPORE
SUSPENSION DE SUBASTAS
CAUTELARES ANTICIPATORIAS
SUSPENSION TEMPORARIA DE LA SUBASTA
MEDIDAS PRECAUTORIAS QUE IMPIDEN EL USO DEL DEUDOR DE LA COSA GRAVADA POR EL PLAZO MAXIMO DE 90 DIAS
PROFE TORRECILLA OSCAR ACLARA QUE LOS JUECES CONCURSALES MUCHAS VECES INVOCAN A LOS JUECES DE ORIGEN (MISMO TRIBUNAL DE ORIGEN) PARA QUE SUSPENDA EL CONCURSO A LA SOLA PRESENTACION EN CONCURSO
LEVANTAMIENTO DE EMBARGOS ANTERIORES CON PARTICULAR REFERENCIA A EMBARGOS TRABADOS POR LA A.F.I.P
Tema que interesa: Traba de embargos sobre cuentas corrientes del deudor. No hay dudas que se verán alcanzadas por aplicación del Fuero de Atracción (Art. 21 LCQ)
El Juez mediando cautelar anticipatorio podría morigerar los efectos del embargo acotandolo a un porcentaje razonable (20%) o suspendiéndolo por un tiempo limitado hasta la resolución de la apertura
MANTENIMIENTO O RESTITUCION DE SERVICIOS ESENCIALES (PÚBLICOS)
PROHIBICIÓN DE SUSPENDERSE ABIERTO EL CONCURSO (Ej: Servicio de Telefonía, Energía Eléctrica, Gas, etc).
Cautelar procedente y acotada a un limite de tiempo, conforme los plazos para abrir el Concurso
MEDIDAS CAUTELARES VINCULADAS AL SISTEMA FINANCIERO
MANTENIMIENTO O REAPERTURA DE CUENTAS CORRIENTES
POSTURAS QUE RECHAZAN
POSTURAS QUE ADMITEN
POSTURAS QUE ADMITEN CON RESTRICCION
SUSPENSION DEL PAGO DE CHEQUES CON PAGO DIFERIDO
FUNDAMENTO: Si los acreedores lograran cobrar esos cheques eludirian el Proceso Concursal, alterando la par conditio creditorum
El Juez debera analizar los extremos para la procedencia de la cautelar, ya que no seria la primera vez que un sujeto habria empapelado a sus acreedores unos dias antes mediante estos cheques para luego encontrarse decidido a concursarse. CONDUCTA QUE RAYA CON LA ESTAFA
LA NO RETENCIÓN DE FONDOS PROVENIENTES DE LA RECAUDACIÓN
DIFIERE DE LA MEDIDA CAUTELAR LA JUEZA XXX, Y DISPONE LA MEDIDA DE NO INNOVAR POR EL PLAZO DE 30 DÍAS ORDENANDO A LA INSTITUCIÓN BANCARIA QUE SE ABSTUVIERA DE RETENER LOS FONDOS DE RECAUDACIÓN ESTABLECIDOS. TRATA DE EVITAR QUE ALGUNOS "MEDIO TEMPORE" OBREN CON CELERIDAD INUSITADA PARA LOGRAR VENTAJAS. EN 30 DIAS YA HABRA RESUELTO SOBRE LA APERTURA DEL CONCURSO
MANTENIMIENTO DE UNA CONCESION PUBLICA
CONTRATOS CON PRESTACIONES RECIPROCAS PENDIENTES EN CURSO DE EJECUCIÓN.
A CRITERIO DEL JUEZ Y PREVIA SITUACIÓN ACREDITADA POR EL CONCURSADO, PREVIA CAUTELAR, PODRÁ MANTENER LA CONCESIÓN RESPECTIVA
MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE CONTRATACION
EJ: DROGUERÍAS PROVEEDORAS DE MEDICAMENTOS QUE CONTINUARON SUMINISTRANDO A LA SOCIEDAD FARMACÉUTICA CONCURSADA.
AUTORIZADAS A CONTINUAR CON DICHAS CONTRATACIONES SIEMPRE QUE SE ABONEN CONFORME LAS CONDICIONES DE MERCADO
REINTEGRO DE EXPORTACIONES POR VIA CAUTELAR
SUSPENCION EN EL REGISTRO DE EXPORTADORES E IMPORTADORES (Código Aduanero)
QUIENES SE DEDICAN AL COMERCIO INTERNACIONAL Y SE ENCUENTRAN INSCRIPTOS EN EL REGISTRO, TIENE DOS POSIBILIDADES: A)- SIEMPRE Y A TODA COSTA IN BONIS (sin deuda). B)- QUIEBRA LIQUIDATIVA (no tienen la Vía Preventiva)
RADICACION ANTICIPADA DE EXPEDIENTES QUE CAERÍAN BAJO LOS EFECTOS DEL FUERO DE ATRACCIÓN
CESE DE LOS DESCUENTOS VOLUNTARIOS SOBRE HABERES DE DEUDORES CON INGRESOS REGULARES PROVENIENTES DE EMPLEO PUBLICO O PRIVADO
DEUDORES SOBREENDEUDADOS
ENFRENTAN LA VIA DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, COMERCIAL Y TRIBUTARIO DE MENDOZA (CCCyT Mza). ESTA VIA SE SOLUCIONA REALIZANDO LOS DESCUENTOS POR BONO (clase 21/8/20).
MEDIO TEMPORE
DEFINICION
Periodo comprendido desde la presentación del Concurso Preventivo, pasando por la Sentencia de Apertura y hasta la Publicación de Edictos para anoticiar a 3ros de la existencia del proceso universal
EFECTOS
RESPECTO AL CONCURSADO
RELACIONADOS A LOS ART. 15, 16 Y 17 LCQ
RESPECTO A LOS ACREEDORES
Que pasa con los Contratos..??
RELACIONADOS A LOS ART. 19 y 20 LCQ
RESPECTO A JUICIOS QUE TENIA EL DEUDOR
Que pasa con las Subastas..??
Que pasa con las Medidas Urgentes..??
REGLA: No puede interferirse en pronunciamientos judiciales dictados por otros jueces, ni suspender el tramite de procedimientos judiciales sustanciados ante otro tribunal por medio de medidas cautelares
EXCEPCIÓN: En materia concursal la prohibición de invadir jurisdicción ajena, se aliviana mediando Concurso o Quiebra. CRITERIO ESTRICTO Y EXCEPCIONAL por un tiempo determinado (no mas de 30 días, plazo dentro del cual ya se habría dictado Resolución de apertura o rechazo, sorteado sindico y publicado edictos)
RELACIONADOS AL ART. 21 LCQ
EFECTOS PERSONALES
PROHIBICIONES DE SALIR DEL PAIS
DEBER DE COLABORACION DEL CONCURSADO
POSIBILIDAD DEL CONCURSADO DE SEGUIR EJERCIENDO SU ACTIVIDAD COMERCIAL
ETC.