FACTURACIÓN ELECTRÓNICA Y RÉGIMEN SIMPLE
FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
¿ QUE ES?
Es la evolución de la factura tradicional
Para efectos legales tiene la misma
validez que el papel
Se genera, valida, expide, recibe, rechaza
y conserva electrónicamente
Tributariamente es un soporte de transacciones
de venta de bienes y/o servicios.
¿ PARA QUIEN ES IMPORTANTE ?
Compradores
Vendedores
FACTURA ELECTRONICA
DE VENTA
¿ QUE ES?
Soporta las transacciones de ventas de
bienes y/o servicios
Evolución de la factura tradicional de papel
Es conocida como e-Factura-Invoice
Estructura estándar internacional (XML-UBL)
Intercambio electrónico de datos.
Modelo de la Factura Electrónica
de venta con validación previa
Momentos de la
Factura
1. Generación
2. Transmisión
3. Validación
4. Expedición
5. Recepción
Interoperar
Formato XML
Firmado Digital
Validaciones
Interacción
Normatividad
Obligación legal
Art 615 del Estatuto
Tributario
Venta de bienes y/o servicios
están obligados a expedir factura
o documento equivalente
Excepto
Art 7 Resolución
0042 de 2020
Los prestadores de servicios
desde el exterior
Las personas naturales que
únicamente vendan bienes excluidos o
- Presten servicios no gravados con IVA
- Con ingresos inferiores a 3.500 UVT
Personas naturales no responsables de IVA
o impuesto al consumo.
¿ QUIENES DEBEN FACTURAR?
Personas jurídicas
Los responsables de:
- Impuesto sobre las ventas (IVA)
- Impuesto Nacional al Consumo
Personas Naturales
Con los siguientes requisitos: (Incluidos
los del Art 437 del Estatuto tributario)*
- Que superen los ingresos brutos 3.500 UVT
- Que tengan mas de un establecimiento
de comercio*
- Que exploten intangibles.*
- Que sean usuarios aduaneros.*
Calendario de Implementación 1
Grupo
1
2
3
4
5
6
7
8
Sectores
- Explotacion,minas y canteras
- Información y comunicaciones
- Otras actividades, servicios.
- Industria de alimentos,bebidas,textil y detergentes.
- Compañias de bienes domésticos, farmacéutico y otros.
- Arquitectura, ingeniería, diseño, publicidad, otros.
- Atención de salud y asistencia social.
- Actividades de administracion empresarial
- Administracion publica y defensa
- Distribuidores minoristas de combustibles,
lubricantes y aditivos.
- Industria metalmecanica; electrica.
- Fabricacion de muebles
- Distribucion de agua y saneamiento
- Educación
- Actividades financieras y seguros.
- Agricultura, ganadería, caza y pesca
- Comercio de automotores
- Actividades de servicios administrativos
- Actividades artísticas
- Compañías de materias primas
- Construcción
- Transporte y almacenamiento
- Alojamiento y servicio de comida
- Otras actividades no clasificadas previamente
Fecha mínima
para expedir factura
-
15/06/2020
-
1/07/2020
-
4/08/2020
-
1/09/2020
-
-
-
-
1/10/2020
-
-
-
-
1/11/2020
-
-
-
01/11/2020
-
01/11/2020
Actividad CIUU
- 05 al 09
- 58 al 63
- 94 al 96
- 10 al 15
- 464-475 al 479
- 71 al 75
- 86 al 88
- 69 y 70
- 84
- 473
- 16 al 27
- 28 al 33
- 36 al 39
- 85
- 64 al 66
- 01 al 03
- 45 y 465
- 77 al 82
- 90 al 93
- 461 al 474
- 41 al 43
- 49 al 53
- 55 y 56
Calendario 2
Contribuyentes que ya
comenzaron a Facturar
- Grandes contribuyentes- 15 de junio
- Régimen simple de tributación
- Cuenta com 2 meses desde
el momento de actualización del RUT.
Grupos especiales
1. Personas naturales
- Entre 3500 y 12000 UVT
- 1 de noviembre
2. Entidades del Estado y servicios públicos
- 1 de octubre
3. Actividades financieras, seguros notariales,
universidades y colegios.
- 1 de octubre
¿ Como facturar ?
Facturación
Gratuita DIAN
Solo se requiere un dispositivo
con acceso a internet
Desarrollo propio
Puede implementar su propio
software, se requiere de conocimientos
tecnicos
Proveedor
Tecnológico
Se puede contratar los servicios de
un proveedor tecnológico habilitado
por la DIAN.
Devoluciones Automáticas
85% de devoluciones soportadas
validadas por la DIAN
2020
Podra usarse como:
. Soporte de impuestos descontables
- Documento equivalente POS
2022
Se deberá soportar el 90%
del costo con factura electronica.
Documentos equivalentes
Vigentes
1. Tiquete de maquina registradora con sistema POS
2. Boleta de ingreso a cine
3. Tiquete de transporte de pasajeros
4. Extracto expedido por sociedades financieras y fondos
5. Tiquete aéreo
6. Documento en juegos localizados.
7. Boletas de juegos de azar.
8. Documento para el cobro de peajes.
9. Documento de operación de la Bolsa de valores
10. Documento de operación de la Bolsa agropecuaria.
11. Documento expedido para los servicios públicos.
12. Boleta de ingreso a espectáculos públicos.
13. Documento equivalente electronico.
Documento soporte
¿ QUE ES?
Se usa para acreditar la compra de un
bien o un servicio.
¿ QUIEN LO EXPIDE?
Lo expide el comprador para registrar
la transacción que da lugar a costos
deducciones o impuestos descontables;
por medio de un documento con numeración
autorizada por la DIAN, cuando el vendedor
no esta obligado a facturar.
REQUISITOS
En modalidad de papel debe cumplir con los
requisitos de la Resolución 0042 de 2020.
Pasos para facturación
Gratuita DIAN
1. Registro y selección del Modo de
operación "Software Gratuito" en el modulo
de " Habilitación"
2. Solicitar certificado de firma
digital gratuito o asociarlo
3. Realizar pruebas del software y
Obtener estado "Habilitado"
4. En el portal "Habilitación
Seleccionar la fecha de actualización
automática del RUT.
5. Solicitar los rangos de numeración de
Facturación( Muisca) y asociarlos en el portal
" Facturando electrónicamente".
Menú de Facturación
Tipos de Documentos
- Venta
- Contingencia
- Notas Crédito
- Notas débito
Ingresar al Facturador gratuito
Configuración de la empresa
Menú de Configuración
- Tiene catalogo de certificados
digitales para firma
- Permite cargar los rangos de
numeración solicitados
- Tiene catalogo para almacenar clientes
y productos de manera ilimitada.
Solicitud de certificado
gratuito
Pasos para la habilitación
1. RUT Actualizado
2. Acceso a correo electrónico
registrado por el RUT
- Persona jurídica- Representante
legal
- Persona natural.
3. Dispositivo electrónico con
acceso a internet
4. Software de factura electronica
5. Tener certificado de forma digital.
Inconvenientes Tecnológicos
Contingencia DIAN
Sucede cuando
El sistema de facturación de la
DIAN queda fuera de linea
Proceso
1. Verificar la caida del sistema 4
veces con intervalos de 20 segundos
para decretar contingencia.
2. Almacenar la evidencia del error
del servidor de la DIAN
3. Expedir la factura electrónica
a adquiriente sin validación
4. Reintentar el paso 1 a los 30
minutos; si funciona volver a facturar normal.
5. A las 48 horas después se debe transmitir
la información de las facturas XML, de las que no
se validaron con la marca tipo 04.
Contingencia Facturador
Electrónico
Sucede cuando
El facturador electrónico o proveedor
venta en fallas tecnológicas.
Proceso
1. Haber solicitado la numeración
de la factura de venta contingencia.
2. La factura de venta debe cumplir
con los requisitos del Art 617 del
Estatuto tributario.
3. Se permite la expedición de
la factura de talonario como soporte
fiscal para el comprador y el obligado
a facturar.
RÉGIMEN SIMPLE
Marco normativo
Ley 1943 de 2018
(Art 66)
Decreto 1468 de
agosto de 2019
Resolución 57 de
septiembre de 2019
Ley 2010 de 2019
- Impuesto Unificado en el
cual se pagara bajo el régimen
simple de tributacion.
¿ QUE ES?
- Es un modelo de tributación opcional
determinación opcional.
- De declaración Anual y de pago anticipado
bimestral.
OBJETO
1. Reducir las cargas formales
y sustanciales de los contribuyentes.
2. Impulsar la formalización y en
general.
3. Simplificar y facilitar el cumplimiento
de la obligación tributaria.
BENEFICIOS
- Única declaración 260
- Descuento en el impuesto
de los aportes a pensión de empleados (12%)
- Descuento en el impuesto del 0.5% por los pagos
que reciba por TC, TD y otros MPE.
- Exoneración del pago de los aportes a salud (8,5%)
y parafiscales (5%).
- No sujetos a retención en la fuente.
- No sujetos a practicar retenciones y autorretenciones
en la fuente.
- Simplificación en la renovación del RUT.
- Pagos por medios electrónicos en las obligaciones del
SIMPLE
Los descuentos no podrán afectar la
parte que corresponda al ICA.
INTEGRACIÓN DE
IMPUESTOS
El SIMPLE sustituye el
impuesto sobre la renta.
Este impuesto integra los siguientes:
1. INC - (Comidas y bebidas)
2. IVA - (Grupo 2,3 y 4 e incorpora
el IVA del grupo 1 en la tarifa del
SIMPLE)
3. ICA consolidado (Incorporado
dentro de la tarifa del simple)
4. Aportes del empleador a pensiones
(descontable del SIMPLE)
5. Impuesto de ganancias ocasionales
(Liquidación independiente).
ART 904
ESTATUTO TRIBUTARIO
Hecho generador
- La obtención de ingresos
susceptibles de producir
incremento en el patrimonio.
Base gravable
Totalidad de ingresos brutos
(Ordinarios+ extraordinarios)
percibidos en el respectivo
periodo gravable.
SUJETOS PASIVOS
1 Persona natural que desarrolle una empresa
- Persona jurídica que sus socios, participes o
accionistas sean personas naturales; RESIDENTES
EN COLOMBIA
Empresa:
- Realiza pagos laborales o de prestación
de servicios personales.
- Realiza pagos por concepto de arrendamiento
de inmuebles o muebles.
- Dispone de bienes inmuebles, materiales e
insumos.
2. Ingresos brutos (Ordinarios + Extraordinarios)
- En el año anterior inferiores a 80.000 UVT
- 2019 - 2.742 millones
- 2020 - 2.849 millones
3. Si uno de los socios persona natural tiene 1 o
varias empresas o participa en una o varias sociedades
inscrita en el SIMPLE.
- Los limites máximos de ingresos brutos se revisaran de
forma consolidada en proporción a su participación.
4. Si uno de los socios persona natural tiene:
Tiene una participación superior al 10% en 1 o
varias sociedades NO inscritas en el simple
Es gerente o administrador de otras empresas
5. Persona natural o jurídica DEBERÁ estar al dia
- Obligaciones tributarias
- Obligaciones seguridad social
- Inscripción del RUT
- Firma electrónica
- Factura electrónica.
SUJETOS QUE NO
PUEDEN INGRESAR
1. Personas jurídicas extranjeras o sus
establecimientos permanentes.
2. Personas naturales sin residencia en el
país o sus establecimientos permanentes.
3. Personas naturales residentes, con contrato
laboral, o realidad legal y reglamentaria.
4. Entidades financieras.
5. Actividades de microcrédito
6. Gestion, intermediacion en venta
arrendamiento de activos representan
mas del 20% del total de ingresos.
7. Factoraje o factoring.
8. Servicios de asesoramiento y/o
estructuración de créditos.
9. Comercializacion de energia electrica.
10. Las personas jurídicas de derecho
11. Los particulares que desempeñen
funciones publicas.
12. Las entidades sin animo de lucro.
CREACION DE
GRUPOS ECONOMICOS
Grupo 1
- Tiendas pequeñas
- Mini- mercados
- Micromercados
- Peluquerías.
Grupo 2
- Actividades comerciales
- Servicios tecnicos y mecanicos
- Electricistas
- Albañiles
- Servicios de construcción
- Las demás no incluidas en los
otros numerales.
Predomina
El factor material sobre
el intelectual
Grupo 3
- Servicios profesionales, de
consultoría y científicos
- Servicios de profesiones liberales.
Predomina
El factor intelectual sobre
el material.
Grupo 4
- Actividades de expendio de comida
y bebidas (IMPO CONSUMO); y actividades
de transporte.
INSCRIPCION AL REGIMEN SIMPLE
Requisitos
- Actualizar el RUT registrando la responsabilidad
47 en la casilla 53 como contribuyentes del SIMPLE
hasta el 31 de enero de cada año gravable.
Para los contribuyentes no responsables
del IVA
- Ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT
- Un establecimiento de comercio
- No franquicia, concesión, regalías.
- Que no sean usuarios aduaneros.
- No hayan celebrado contratos iguales o
superiores a 3.500 UVT.
- Consignaciones bancarias inferiores a 3.500 UVT.
COMPONENTES
Simple nacional
En el monto del anticipo y del
SIMPLE que corresponde a la
NACION y es liquidado en el
recibido electrónico de pago
bimestral o la declaración anual.
ICA Territorial
En el monto del anticipo y del
SIMPLE que corresponde al impuesto
de industria y comercio consolidado
de los impuestos y distritos.
LIQUIDACION Y PAGO
BIMESTRAL
Para liquidar y pagar cada bimestre en los
recibos electrónicos (2593) de pago del anticipo
bimestral a titulo de SIMPLE se DEBERAN calcular
lso siguientes conceptos:
Componente ICA territorial BIMESTRAL
Componente SIMPLE nacional
Impuesto nacional de consumo (INC)
Impuesto sobre las ventas (IVA).
DETERMINACION DEL
IMPUESTO SIMPLE
1. Calcular el monto
del impuesto SIMPLE
(x) Tarifa simple
(x) Impuesto simple
2. Calcular el impuesto
NETO SIMPLE
(-) Componente ICA territorial anual
(-) Aportes a pensión (empleador)
(-) 0.5% pagos por ventas TC, TD, OMPE
(=) Impuesto neto simple
3. Determinación del
impuesto a cargo
(+) Impuesto de ganancias ocasionales.
(=) Impuesto a cargo
4. Determinar valor a pagar
(-) Anticipos componente simple nacional
(-) Saldos a favor año gravable anterior sin compensar
(-) Retenciones y autorretenciones ANTES de
optar al SIMPLE.
AUTORRETENEDORES
Deberán actuar como agente retenedor
en los pagos por compra de bienes y
servicios.
El tercero receptor
del pago
Contribuyente del
régimen ordinario.
Agente retenedor del
impuesto a las ventas.
PLAZOS DECLARADOS
Declaración anual consolidada
Ultimo digito
NIT
0-9
8-7
6-5
4-3
2-1
Hasta el
dia
22 de octubre
23 de octubre
26 de octubre
27 de octubre
28 de octubre
MEDIDAS DE CONTROL
Parágrafo 1 del Articulo
903
La DIAN en uso de sus facultades,
podra registrar en el regimen SIMPLE
de manera oficiosa a contribuyentes
que no hayan declarado o pagado
cualquiera de los siguientes impuestos:
Impuestos sobre la
renta y complementarios
Sobre las ventas
El impuesto de industria y comercio
El consumo