INCUMPLIMIENO Y DESERCIONES
Se configuran cuando el aprendiz no presenta evidencias de aprendizaje
en las fechas establecidas, no asiste o deja de participar en actividades presenciales o virtuales,
pactadas en la ruta de aprendizaje. Los incumplimientos se catalogan en dos: justificados y no
justificados. Además, se constituyen en faltas académicas o disciplinarias según sea el caso.
Incumplimiento justificado: Se configura incumplimiento justificado por alguna de las
siguientes causas con sus respectivos soportes:
Cita medica o incapacidad medica
Citaciones a diligencias electorales o gubernamentales.
tramites de etapa productiva
requerimientos o compromisos laborales
Autorización para asistir en representación del SENA a nivel internacional, nacional, regional o
local o del país a nivel nacional e internacional, en actividades académicas, culturales o deportivas.
citación a diligencias judiciales
casos fortuitos o de fuerza mayor
Incumplimiento injustificado: Se configura en los siguientes casos:
1.No reporta ni justifica estos incumplimientos ante el instructor, previamente o dentro de los tres días hábiles siguientes a su ocurrencia con sus respectivas evidencias que lo justifiquen.
2.Los reporta dentro del tiempo establecido pero la razón expuestas por el aprendiz o los
soportes no justifican el incumplimiento.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE DESERCION: Si el Aprendiz no da respuesta sobre el motivo de sus inasistencias o incumplimientos dentro de los términos establecidos, o los soportes que aporta no justifican plenamente su incumplimiento, el instructor encargado de la formación del aprendiz con el Equipo ejecutor del programa analizarán y documentarán el caso, elevándolo al comité de evaluación y seguimiento con las recomendaciones para su revisión, quien entregará a la Subdirección del Centro
concepto de cancelación de la formación por deserción.
Deserción: Es el abandono de la formación por parte del aprendiz y se configura cuando:
1. Hay incumplimiento injustificado en la entrega del 30% de las evidencias previstas en el trimestre, de acuerdo con el cronograma de actividades establecido en el proceso formativo del programa, o no cumple con dos (2) planes de mejoramiento consecutivos asociados a los resultados de
aprendizaje no alcanzados.
2. En la formación titulada presencial y en su etapa lectiva, acumula tres días continuos de inasistencia y 5 días no continuos de inasistencia, injustificados durante el proceso de formación.
3. En la formación titulada virtual en etapa lectiva: No acude a tres citaciones seguidas elevadas
por el equipo ejecutor de la formación (incumplimiento injustificado) o no cumple con dos planes de mejoramiento consecutivos o no ingresa a su ambiente de formación (LMS), durante quince días consecutivos.
4. En formación titulada presencial, virtual y a distancia en etapa productiva: Inasistencia injustificada
durante tres días consecutivos a la empresa con la que desarrolla la alternativa establecida o por no presentar las evidencias según plan de trabajo establecido para las respectivas alternativas y no dar cumplimiento con un 1 plan de mejoramiento establecido por el ente responsable.
5. El incumplimiento injustificado del aprendiz de articulación con la media o ampliación de
cobertura, que no cumple a cabalidad con lo estipulado en el proceso formativo especificado en el convenio realizado con la institución educativa en convenio.
6. Transcurridos seis meses contados a partir de la terminación de la etapa lectiva, el aprendiz de
formación titulada en cualquiera de sus modalidades que no presenta a la coordinación académica las evidencias de inicio de realización de su etapa productiva según lo contemplado en la normatividad vigente.
7. se presenta cuando el aprendiz no registra
ingreso al ambiente virtual del programa en el que está matriculado, o ingresa al ambiente virtual y no participa en ninguna de las actividades previstas en el curso, o ingresa al ambiente virtual y participa parcialmente en las actividades previstas en el curso.
8. cuando el aprendiz finalizada su
etapa productiva, y pasados seis meses calendario, no entrega las evidencias solicitadas por el
Centro de Formación para su respectiva evaluación y proceso de certificación.
9. La deserción para formación complementaria presencial y la actualizaciones tecnológicas
se presentan cuando el aprendiz no registra cumplimiento justificado del 5% de las horas asignadas
para la formación.