LEGISLACION RELACIONADA GERENCIA DE LA CALIDAD EN SALUD
DECRETO 1011/206
Por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Resumen
MINISTERIO DE PROTECCION SOCILA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD
ENTIDADES MUNICIPALES DE SALUD^
CAMPO DE APLICACION
ips
EAPB
Entidades departamentales, distritales y municipales
CARACTERISTICAS DEL SOGC
Oportunidad
Accesibilidad
Seguridad
Pertinencia
Continuidad
COMPONENTES DEL SOGCS^
SISTEMA UNICO DE HABILITACION
Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las EAPB.
NORMATIVIDAD
Resolución 3100 De 25 de noviembre de 2019
Capacidad Técnico-Administrativa.
Cumplimiento de los requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación legal, de acuerdo con su naturaleza jurídica.
Suficiencia Patrimonial y Financiera
Cumplimiento de condiciones que posibilitan:
• Estabilidad financiera de la IPS en el mediano plazo.
• Su Competitividad dentro del área de influencia.
• Liquidez y cumplimiento de sus obligaciones de corto plazo.
Capacidad Tecnológica y Científica
Las condiciones tecnológicas y científicas tienen como misión proteger y dar seguridad a los usuarios, al garantizar el cumplimiento de unos criterios mínimos, para el funcionamiento de los servicios que cualquier tipo de prestador de servicios de salud habilite, a partir de los estándares de habilitación.
AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD
Implica
La realización de actividades de evaluación, seguimiento y mejoramiento de procesos
definidos como prioritarios.
La comparación entre la calidad observada y la calidad esperada, la cual debe estar
previamente definida mediante guías y normas técnicas, científicas y administrativas
La adopción por parte de las instituciones de medidas tendientes a corregir las
desviaciones detectadas con respecto a los parámetros previamente establecidos y a
mantener las condiciones de mejora realizadas.
Autocontrol
Auditoria Interna
Auditoria Externa
TIPOS DE ACCIONES
Preventivas
Seguimiento
Coyunturales
NORMATIVIDAD
Circular 012 de 2016
Realizar adiciones, eliminaciones y modificaciones a la Circular 047 de 2007
(Circular Única) en lo relacionado con el programa de auditoria para el
mejoramiento de la calidad de la atención en salud (PAMEC) y el sistema de
información para la calidad.
SISTEMA UNICO DE ACREDITACION
Es el conjunto de entidades, estándares, actividades de apoyo y procedimientos de autoevaluación, mejoramiento y evaluación externa, destinados a demostrar, evaluar y comprobar el cumplimiento de niveles superiores de calidad por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las EAPB y las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales que
voluntariamente decidan acogerse a este proceso.
PRINCIPIOS
Confidencialidad
Eficiencia
Gradualidad
Res 0123 de 2012 Por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 1445 de 2006
se adoptan los manuales estandares
Manuales de Estándares de Acreditación para Entidades Administradoras de
Planes de Beneficios- EAPB.
Manuales de Estándares de Acreditación para los Laboratorios Clínicos.
Manuales de Estándares de Acreditación para as Instituciones que ofrecen
servicios de Imaginología.
Manuales de Estándares de Acreditación para as Instituciones que ofrecen
servicios de Habilitación y Rehabilitación.
Decreto 0903 de 2014- sistema único de acreditación en salud
Res 2082 de 2014- operatividad del sistema único de acreditación en salud
Res 3960 de 2008 Res 3960
Res 5095 del 19 noviembre de 2018
SISTEMA DE INFORMACION PARA LA CALIDAD
OBJETIVO
monitorear
orientar
referenciar
PRINCIPIOS
Gradualidad
sencilles
Focalizacion
validez y confiabilidad
participacion
eficiencia
NORMATIVIDAD
RESOLUCION 256 DE 2016
Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para
la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud
FINALIDAD
Fomentar un adecuado uso y aprovechamiento de la información para el mejoramiento de la calidad en salud.
Gestionar el conocimiento y asegurar la implementación efectiva de intervenciones y estrategias para el logro de los resultados en salud
Contribuir con la medición del desempeño y resultados de los agentes del sistema general de seguridad social en salud para facilitar la toma de decisiones y suministrar a los ciudadanos información con la cual puede ejercer el derecho a la libre elección
Promover acciones de mejoramiento atendiendo al principio de eficiencia del sistema de información para la calidad contemplado en el artículo 47 del decreto 1011 de 2006 y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan.
Ofrecer insumos para la referenciación por calidad entre los diferentes actores del mismo.