LEY 1010 DE 2006 "ACOSO LABORAL"

Modalidades

Discriminación

Persecución

Maltrato

Entorpecimiento

Inequidad

Desproteccion

Sujetos Activos (autores)

gerente, jefe, director,supervisor
o cualquier otra posición de dirección
y mando en una empresa uorganización
.

La persona que se desempeñe como
trabajador o empleado

Sujetos Pasivos

Los trabajadores o empleados vinculados a
una relación laboral de trabajo en el sector
privado

Los jefes inmediatos cuando el
acoso provenga de sus subalternos

SUJETOS PARTICIPES DEL ACOSO

La persona que como empleador
promueva, induzca o favorezca el
acoso laboral

La persona que omita cumplir los
requerimientos o amonestaciones que
se profieran

Topic principal

Topic principal

CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN ACOSO

Los actos de agresión
física, independientemente
de sus consecuencia

Las expresiones injuriosas
o ultrajantes sobre la persona,
con utilización de palabras
soeces

Los comentarios hostiles y
humillantes de descalificación
profesional expresados en presencia
de los compañeros de trabajo

Las injustificadas amenazas de
despido expresadas en presencia
de los compañeros de trabajo

Las burlas sobre la apariencia
física o la forma de vestir,
formuladas en público

La alusión pública a hechos
pertenecientes a la intimidad
de la persona

MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

Mecanismos de prevención de
las conductas de acoso laboral
y procedimiento interno, confidencial,
conciliatorio y efectivo para superar
las que ocurran en el lugar de trabajo
RIT

La víctima del acoso laboral podrá
poner en conocimiento del Inspector
de Trabajo, de los Inspectores Municipales
de Policía, de los Personeros Municipales
o de la Defensoría del Pueblo, la ocurrencia
de una situación continuada y ostensible
de acoso laboral

a omisión en la adopción de
medidas preventivas y correctivas de
la situación de acoso laboral por parte
del empleador o jefes superiores de
la administración, se entenderá como
tolerancia de la misma

SANCIONES

Multa entre 2 y 10 smlm para
la persona que lo realice y para
el empleador que lo tolere

Presunción de terminación del contrato
de trabajo con justa causa por parte del
trabajo y pago de la indemnización por
despido cuando haya dado lugar a la
renuncia o el abandono del trabajo
por parte del trabajador

Obligación de pagar a las
EPS y ARP el 50 % del costo del tratamiento de enfermedades rofesionales,
alteraciones de salud y demás secuelas originadas en el acoso laboral .
Esta obligación corre por cuenta del empleador

GARANTÍAS

La terminación unilateral del contrato de
trabajo de la víctima del acoso laboral,
carecerán de todo efecto cuando se
profieran dentro de los 6 meses siguientes
ala petición o queja, siempre y cuando la
autoridad administrativa, judicial o
de control competente verifique la
ocurrencia de los hechos puestos
en conocimiento

Las anteriores garantías cobijarán también
a quienes hayan servido como testigos en
los procedimientos de que trata la presente
ley.

Viviana Alexandra Rojas Vargas