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LEY 115 DE 1994 LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

EDUCACIÓN A POBLACIONES

Educación a personas con limitaciones

ART. 46

Adecuación e integración de programas

ART. 48

Aulas especializadas

Titulo III:Modalidades de atención educativa a poblaciones

EDUCACIÓN PARA PERSONAS CON LIMITACIONES O CAPACIDADES EXCEPCIONALES

integración servicio educativo

personas

Limitaciones

Fisicas

Psiquicas

Intelectuales

Emocionales

Alumnos excepcionales

Hacer detección temprana

Capacidades

Talentos

EDUCACION PARA ADULTOS

ofrece educación a personas de edad mayor a la aceptada regularmente

EDUCACION PARA GRUPOS ETNICOS

ETNOEDUCACION

Entidades territoriales indigenas

bilingües en la lengua materna y castellano

EDUCACION CAMPESINA Y RURAL

formación técnica

servicio social a población campesina de la región

EDUCACION PARA LA REHABILITACION SOOCIAL

Personas cuyo proceso individual social

Procesos de educación integral

Titulo V:De los educandos

FORMACION Y CAPACITACION

Participante activo de su formación integral

Desarrollo de elección de

Matricula

Personero estudiantil

Representante estudiantil

Formación del educando

Servicio social obligatorio

BENEFICIOS ESTUDIANTILES

Carne estudiantil

Seguro estudiantil

Acceso a educación superior por puntajes altos en exámenes de estado

Textos y material educativo

Titulo IV:Organizacion para la prestacion del servicio educativo

NORMAS GENERALES

Plan nacional de desarrollo educativo

Proyecto educativo institucional

Sistema nacional de acreditación

CURRICULO Y PLAN DDE ESTUDIOS

currículo

desarrollar un procceso

Formación integral

Identidad Cultural

Autonomía escolar

dentro de los lineamientos

MEN

Regulación del curriculo

El ministerio de educación nacional

Plan de estudios

esquema estructurado

areas obligatorias

áreas optativas

EVALUACION

velar por

calidad

cumplimiento

Evaluación de directivos docentes estatales

Evaluacion institucional anual

Evaluación de directivos docentes privados

ORGANIZACION ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

mediante

Jornadas educativas

Calendario académico

Manual de convivencia

Titulo VI:De los educadores

GENERALIDADES

Orientador en el proceso de enseñanza,aprendizaje y formación

FLORMACION DE EDUCADORES

Instituciones formadoras de educadores

CARRERA DOCETE

Desmejorar los salarios y prestaciones de los educadores

es necesario

Titulo exigido para ejercicio docente

Idoneidad profesional

ESCALAFON DOCENTE

Cuenta con

Junta nacional de escalafón

Oficina de escalafón

Inscripción y procesos disciplinarios

DIRECTIVOS DOCENTES

ESTIMULOS PARA DOCENTES

Titulo X: Normas especiales para la educación impartida por particulares

GENERALIDADES

Los particulares podrán fundar establecimientos educativos

Cuentan con la licencia expedida ante de la secretaria de educación

Presentan ante la secretaria el PEI

No son parte del cuerpo técnico de inspección y vigilancia

REGIMEN LABORAL Y DE CONTRATACIÓN

LABORAL

El cógido sustantivo del trabajo regirá en los establecimientos educativos privados

CONTRATACIÓN

Se contratarán

personas con titulo universitario en educación o en el área a dar cátedra

a excepción de los establecimientos bilingües

DERECHOS ACADEMICOS

Los establecimientos educativos privadas podrán renovar matricula

periodo academico

contrato

causales de terminación

condiciones para renovación

obligaciones y derechos

Titulo IX: Financiación de la educación

La educación estatal es financiada

recursos del situado fiscal

Ingresos corrientes de la nación

la paga de salarios y prestaciones sociales a docentes

RECURSOS FINANCIEROS ESTATALES

ESTIMULOS ESPECIALES

Articulo 71 de la constitución politica colombiana

El estado establecerá

lineas de crédito estimulos apoyos

los establecimientos estatales privados

instituciones o personas que desarrollen investigación

docentes y directivos docentes que se destaquen en los procesos evaluativos a los que sean convocados

TITULO XI: DISPOSICIONES VARIAS

DISPOSICIONES ESPECIALES

educación en el ambiente

Se practica

Los espacios pedagogicos diferentes a familiares y escolares

Familiar

Establecimiento educativo

Ambiente

Sociedad

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y VIGENTENCIA

El Ministerio de Educación

Cumplir con una estructura coherente a la ley

divulgar la ley

Realizar modificaciones adminitrativas de acuerdo a la ley

DISPOSICIONES COMUNES

ART. 36

Educación no formal

Capacitación

Artistica

Recreacional

Ocupacional

ART. 43

Educación informal

Libre y espontáneo

DISPOSICIONES PRELIMINARES

ART. 1

La educación

Proceso de formación

ART. 4

Estado atenderá

Manera permanente

Calidad de la educación

ART. 6

Diseño del PEI

Comunidad educativa

Año sabático

Financiación

Vivienda

Icetex

Brindan

Título VII: De los establecimientos educativos

DEFINICION Y CARACTERISTICAS

Licencia de funcionamiento

instituciones asociadas

Biblioteca infraestructura cultural deportiva

GOBIERNO ESCOLAR

Participación democrática

Rector

Consejo directivo

Consejo academico

Planeación

Tomar desiciones

PEI

Currículo

Plan de estudio

evaluación anual e institucional

divide en

Apoyan

Título VIII: Dirección,administración,vigilancia e inspección

De la nación

De las entidades territoriales

De las juntas y foros

pentencen

congreso

entidades territoriales

Ministerio educativo nacional

Politica, planeacion

inspección y vigilancia

administracion

Normativas

Asambleas y consejos

Secretarias

Nucleo de desarrollo

JUNE

Juntas de educacion

JUME

foros educativos

Reflexionar sobre el estado de la educación, cobertura de la educación

mencionan

Inspección y vigilancia

El estado a través del presidente de la república

velará por el cumplimiento de esta ley

un proceso de evaluación

cuerpo técnico

adoptará las medidas necesarias

Una mejor formación

ética

moral

intelectual

física

apoye

dignifique

fomente

la educación

ART. 10 y 11

Educación formal

Preescolar

Educación media

Educación básica