LEY 115 DE 1994 LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
EDUCACIÓN A POBLACIONES
Educación a personas con limitaciones
ART. 46
Adecuación e integración de programas
ART. 48
Aulas especializadas
Titulo III:Modalidades de atención educativa a poblaciones
EDUCACIÓN PARA PERSONAS CON LIMITACIONES O CAPACIDADES EXCEPCIONALES
integración servicio educativo
personas
Limitaciones
Fisicas
Psiquicas
Intelectuales
Emocionales
Alumnos excepcionales
Hacer detección temprana
Capacidades
Talentos
EDUCACION PARA ADULTOS
ofrece educación a personas de edad mayor a la aceptada regularmente
EDUCACION PARA GRUPOS ETNICOS
ETNOEDUCACION
Entidades territoriales indigenas
bilingües en la lengua materna y castellano
EDUCACION CAMPESINA Y RURAL
formación técnica
servicio social a población campesina de la región
EDUCACION PARA LA REHABILITACION SOOCIAL
Personas cuyo proceso individual social
Procesos de educación integral
Titulo V:De los educandos
FORMACION Y CAPACITACION
Participante activo de su formación integral
Desarrollo de elección de
Matricula
Personero estudiantil
Representante estudiantil
Formación del educando
Servicio social obligatorio
BENEFICIOS ESTUDIANTILES
Carne estudiantil
Seguro estudiantil
Acceso a educación superior por puntajes altos en exámenes de estado
Textos y material educativo
Titulo IV:Organizacion para la prestacion del servicio educativo
NORMAS GENERALES
Plan nacional de desarrollo educativo
Proyecto educativo institucional
Sistema nacional de acreditación
CURRICULO Y PLAN DDE ESTUDIOS
currículo
desarrollar un procceso
Formación integral
Identidad Cultural
Autonomía escolar
dentro de los lineamientos
MEN
Regulación del curriculo
El ministerio de educación nacional
Plan de estudios
esquema estructurado
areas obligatorias
áreas optativas
EVALUACION
velar por
calidad
cumplimiento
Evaluación de directivos docentes estatales
Evaluacion institucional anual
Evaluación de directivos docentes privados
ORGANIZACION ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
mediante
Jornadas educativas
Calendario académico
Manual de convivencia
Titulo VI:De los educadores
GENERALIDADES
Orientador en el proceso de enseñanza,aprendizaje y formación
FLORMACION DE EDUCADORES
Instituciones formadoras de educadores
CARRERA DOCETE
Desmejorar los salarios y prestaciones de los educadores
es necesario
Titulo exigido para ejercicio docente
Idoneidad profesional
ESCALAFON DOCENTE
Cuenta con
Junta nacional de escalafón
Oficina de escalafón
Inscripción y procesos disciplinarios
DIRECTIVOS DOCENTES
ESTIMULOS PARA DOCENTES
Titulo X: Normas especiales para la educación impartida por particulares
GENERALIDADES
Los particulares podrán fundar establecimientos educativos
Cuentan con la licencia expedida ante de la secretaria de educación
Presentan ante la secretaria el PEI
No son parte del cuerpo técnico de inspección y vigilancia
REGIMEN LABORAL Y DE CONTRATACIÓN
LABORAL
El cógido sustantivo del trabajo regirá en los establecimientos educativos privados
CONTRATACIÓN
Se contratarán
personas con titulo universitario en educación o en el área a dar cátedra
a excepción de los establecimientos bilingües
DERECHOS ACADEMICOS
Los establecimientos educativos privadas podrán renovar matricula
periodo academico
contrato
causales de terminación
condiciones para renovación
obligaciones y derechos
Titulo IX: Financiación de la educación
La educación estatal es financiada
recursos del situado fiscal
Ingresos corrientes de la nación
la paga de salarios y prestaciones sociales a docentes
RECURSOS FINANCIEROS ESTATALES
ESTIMULOS ESPECIALES
Articulo 71 de la constitución politica colombiana
El estado establecerá
lineas de crédito estimulos apoyos
los establecimientos estatales privados
instituciones o personas que desarrollen investigación
docentes y directivos docentes que se destaquen en los procesos evaluativos a los que sean convocados
TITULO XI: DISPOSICIONES VARIAS
DISPOSICIONES ESPECIALES
educación en el ambiente
Se practica
Los espacios pedagogicos diferentes a familiares y escolares
Familiar
Establecimiento educativo
Ambiente
Sociedad
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y VIGENTENCIA
El Ministerio de Educación
Cumplir con una estructura coherente a la ley
divulgar la ley
Realizar modificaciones adminitrativas de acuerdo a la ley
DISPOSICIONES COMUNES
ART. 36
Educación no formal
Capacitación
Artistica
Recreacional
Ocupacional
ART. 43
Educación informal
Libre y espontáneo
DISPOSICIONES PRELIMINARES
ART. 1
La educación
Proceso de formación
ART. 4
Estado atenderá
Manera permanente
Calidad de la educación
ART. 6
Diseño del PEI
Comunidad educativa
Año sabático
Financiación
Vivienda
Icetex
Brindan
Título VII: De los establecimientos educativos
DEFINICION Y CARACTERISTICAS
Licencia de funcionamiento
instituciones asociadas
Biblioteca infraestructura cultural deportiva
GOBIERNO ESCOLAR
Participación democrática
Rector
Consejo directivo
Consejo academico
Planeación
Tomar desiciones
PEI
Currículo
Plan de estudio
evaluación anual e institucional
divide en
Apoyan
Título VIII: Dirección,administración,vigilancia e inspección
De la nación
De las entidades territoriales
De las juntas y foros
pentencen
congreso
entidades territoriales
Ministerio educativo nacional
Politica, planeacion
inspección y vigilancia
administracion
Normativas
Asambleas y consejos
Secretarias
Nucleo de desarrollo
JUNE
Juntas de educacion
JUME
foros educativos
Reflexionar sobre el estado de la educación, cobertura de la educación
mencionan
Inspección y vigilancia
El estado a través del presidente de la república
velará por el cumplimiento de esta ley
un proceso de evaluación
cuerpo técnico
adoptará las medidas necesarias
Una mejor formación
ética
moral
intelectual
física
apoye
dignifique
fomente
la educación
ART. 10 y 11
Educación formal
Preescolar
Educación media
Educación básica